Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Manchita. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02990/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Manchita
Anuncio 2990/2021
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de
procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, dictaminada por los
equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual
reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y
reconocimiento del grado de discapacidad.
Tendrán derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento quienes, además de cumplir los requisitos
anteriores reúnan los siguientes:
a) No encontrarse, por razón de su estado de salud u otras causas,
imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
b) Estar empadronado y residir en Manchita.
c) No ser titular de una tarjeta de estacionamiento concedida anteriormente de
conformidad con el registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para
personas con discapacidad por movilidad reducida.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO
Artículo 3.- La edición de las tarjetas de estacionamiento, así como su entrega gratuita al Ayuntamiento de Manchita, previa
solicitud del mismo en el curso del procedimiento de concesión, corresponderá a la Consejería con competencias en materia
de transporte.
Artículo 4.- Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Manchita, o por cualquiera de los
medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, según el modelo recogido en el anexo I de esta Ordenanza, e irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Dos fotografías a color tamaño carné, originales y actuales.
b) Certificado de empadronamiento.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o, en caso de ser menor de edad y no disponer de DNI,
fotocopia del libro de familia o autorización.
d) Certificación de reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el Centro de Atención a la
Discapacidad de Extremadura (CADEX).
e) Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención de la Discapacidad de Extremadura
(CADEX) de la Consejería con competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual
se recoja:
1.º.- Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23
de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de
discapacidad, o que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con
corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
2.º.- Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar
desplazamientos fuera del hogar.
En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo
de personas con discapacidad (modelo de solicitud según anexo II), además de la solicitud se aportará:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de
procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, dictaminada por los
equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual
reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y
reconocimiento del grado de discapacidad.
Tendrán derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento quienes, además de cumplir los requisitos
anteriores reúnan los siguientes:
a) No encontrarse, por razón de su estado de salud u otras causas,
imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
b) Estar empadronado y residir en Manchita.
c) No ser titular de una tarjeta de estacionamiento concedida anteriormente de
conformidad con el registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para
personas con discapacidad por movilidad reducida.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO
Artículo 3.- La edición de las tarjetas de estacionamiento, así como su entrega gratuita al Ayuntamiento de Manchita, previa
solicitud del mismo en el curso del procedimiento de concesión, corresponderá a la Consejería con competencias en materia
de transporte.
Artículo 4.- Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Manchita, o por cualquiera de los
medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, según el modelo recogido en el anexo I de esta Ordenanza, e irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Dos fotografías a color tamaño carné, originales y actuales.
b) Certificado de empadronamiento.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o, en caso de ser menor de edad y no disponer de DNI,
fotocopia del libro de familia o autorización.
d) Certificación de reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el Centro de Atención a la
Discapacidad de Extremadura (CADEX).
e) Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención de la Discapacidad de Extremadura
(CADEX) de la Consejería con competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual
se recoja:
1.º.- Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23
de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de
discapacidad, o que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con
corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
2.º.- Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar
desplazamientos fuera del hogar.
En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo
de personas con discapacidad (modelo de solicitud según anexo II), además de la solicitud se aportará:
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