Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). (02230/2021)
Decreto de modificación de bases de convocatoria para cubrir, con carácter personal laboral fijo, acogidas al proceso de estabilización empleo público, mediante concurso-oposición libre, dos plazas de Administrativo (Director/a de Feria) de IFEBA
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Recursos Humanos

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c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán
que acreditar su condición mediante la presentación, conjuntamente, de los
siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente
renovada/actualizada por el Servicio Público de Empleo correspondiente.
En caso de que el interesado selle la tarjeta por medios electrónicos
deberá aportar el justificante que acredite haberla sellado por dichos
medios.
Presentación de vida laboral de la Seguridad Social actualizada a fecha de
presentación de la solicitud.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados en
los dos párrafos anteriores al objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a
fecha de presentación de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
quedado definitivamente excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se
realizará previa solicitud del interesado. No se procederá a la devolución de tasas en los
supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite
de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
en la base 3.2. para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna
petición de esta naturaleza. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante del proceso selectivo.
- Respecto al punto 6 de las bases, "comienzo y desarrollo de los ejercicios":
Donde dice:
6.1. El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará
público mediante anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y página web
municipal, con la debida antelación. Este mismo procedimiento se seguirá para hacer público el
lugar, día y hora de realización del segundo ejercicio de las pruebas selectivas.
Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y deberán de ir
provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, comporta
que decae automáticamente en su derecho a participar en el mismo y, en consecuencia,
quedará excluido del proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la
presentación de los aspirantes en el momento del llamamiento único, siempre que esté
debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes
afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente
o, de haber finalizado, cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio
para el interés general o de terceros.
Debe decir:
6.1. El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará
público mediante anuncio del Tribunal Calificador en la página web municipal
(https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo), con la debida antelación. Este
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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