Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 1 (Badajoz). (02173/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 44/2021
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Juzgado de lo Social Número 1

Anuncio 2173/2021

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 2173/2021
Notificación ejecución de títulos judiciales 44/2021

NIG: 06015 44 4 2020 0001766.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000044/2021.
Procedimiento origen: DSP Despido/ceses en general 0000428/2020.
Sobre despido.
Demandante/s: Don Francisco Márquez Rodríguez.
Graduado/a Social: Jesús Silva Gallego.
Demandado/s: Carbones y Leña La Roca S.L.
Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 44/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia
de don Francisco Márquez Rodríguez contra la empresa Carbones y Leña La Roca S.L., sobre despido, se ha dictado la
siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título referenciado a favor de la parte ejecutante, Francisco Márquez
Rodríguez, frente a Carbones y Leña La Roca S.L., parte ejecutada, por importe de 22.023,09 euros en concepto de principal,
más otros 2.923,85 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse
durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda
ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la
ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y
conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres
días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la
acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,
siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá
consignar la cantidad de 25,00 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este
Juzgado de lo Social número Uno abierta en Santander, cuenta n.º 0337 0000 64 0044 21 debiendo indicar en el campo
concepto, "Recurso" seguido del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá
incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social-Reposición". Si efectuare diversos pagos en la
misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta
clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales
y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SS.ª. Doy fe.
El Magistrado Juez.- El Letrado de la Administración de Justicia.
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan,
conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.
- Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de
embargo e inscritos a nombre de Carbones y Leña La Roca S.L., despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración
correspondientes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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