Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02103/2021)
Convocatoria para el acceso a una plaza de Operario de Mantenimiento relevista, mediante el sistema de oposición, incluida en la oferta de empleo público para el año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 2103/2021
determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y máximo de 15 días.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se
harán públicos en el tabón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento y en el tablón virtual de su sede
electrónica http://www.villafrancadelosbarros.es/index.php/servicios/tablón-de-anuncios.
SÉPTIMO.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y consistirá en dos ejercicios obligatorios
y eliminatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio: Prueba teórica que consistirá en responder a un cuestionario tipo test de 25
preguntas con cuatro respuestas alternativas, sobre las materias relacionadas en el anexo 1. Los
criterios sobre respuestas erróneas o en blanco, así como el tiempo de desarrollo, el Tribunal los
comunicará al principio de la prueba. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 10 y será
necesario al menos obtener un 5 para que sea calificado el segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Prueba práctica, que podrá consistir en la realización de varios ejercicios, a elección
del órgano de selección, en la que los/las aspirantes deberán acreditar el conocimiento del oficio y las
habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado con los medios que se pongan a su
disposición. Cada uno de los ejercicios que se propongan se valoraran individualmente con una
puntuación de 0 a 10, siendo necesario al menos obtener un 5, en cada uno de ellos, para que se
considere superado.
La nota final total del proceso de selección será la suma aritmética total de la calificación obtenida, en la
prueba teoría y en cada uno de los ejercicios de la prueba practica, en caso de superar ambas pruebas. En
caso de empate, se dará prioridad a las calificaciones obtenidas en la prueba práctica. De persistir el empate,
este se dirimirá por sorteo.
OCTAVO.- Relación de aprobados/as y presentación de documentos.
Terminada la calificación de los aspirantes/as, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que
contendrá las notas finales de los aspirantes y el/la que resulta seleccionado/a. Será seleccionado el
aspirante/a que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número de aspirantes/as
propuestos/as los puestos objeto de esta convocatoria que es de uno.
El resultado se expondrá en tablón del portal del ciudadano de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros, abriéndose un plazo de dos días hábiles, en el transcurso de los cuales se podrán
formalizar las reclamaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de Selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal
levantara nuevo acta, donde quedaran atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere.
Procediéndose a su publicación de la misma forma señalada más arriba.
El/La aspirante seleccionado/a cuando sea llamado para incorporarse, deberán firmar el correspondiente
contrato en el plazo que se le señale, entendiéndose que renuncia a la plaza si no firmare el contrato en dicho
plazo, sin causa justificada.
NOVENO.- Documentación a presentar por los aspirantes.
El/la aspirante presentará en el Registro General de la Corporación, en el plazo que se señale, la siguiente
documentación:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Certificado actualizado de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo facilitado por su
oficina de empleo, o en su defecto declaración jurada actualizada indicando que actualmente
mantiene suscrito contrato temporal de duración determinada con este Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y máximo de 15 días.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se
harán públicos en el tabón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento y en el tablón virtual de su sede
electrónica http://www.villafrancadelosbarros.es/index.php/servicios/tablón-de-anuncios.
SÉPTIMO.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y consistirá en dos ejercicios obligatorios
y eliminatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio: Prueba teórica que consistirá en responder a un cuestionario tipo test de 25
preguntas con cuatro respuestas alternativas, sobre las materias relacionadas en el anexo 1. Los
criterios sobre respuestas erróneas o en blanco, así como el tiempo de desarrollo, el Tribunal los
comunicará al principio de la prueba. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 10 y será
necesario al menos obtener un 5 para que sea calificado el segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Prueba práctica, que podrá consistir en la realización de varios ejercicios, a elección
del órgano de selección, en la que los/las aspirantes deberán acreditar el conocimiento del oficio y las
habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado con los medios que se pongan a su
disposición. Cada uno de los ejercicios que se propongan se valoraran individualmente con una
puntuación de 0 a 10, siendo necesario al menos obtener un 5, en cada uno de ellos, para que se
considere superado.
La nota final total del proceso de selección será la suma aritmética total de la calificación obtenida, en la
prueba teoría y en cada uno de los ejercicios de la prueba practica, en caso de superar ambas pruebas. En
caso de empate, se dará prioridad a las calificaciones obtenidas en la prueba práctica. De persistir el empate,
este se dirimirá por sorteo.
OCTAVO.- Relación de aprobados/as y presentación de documentos.
Terminada la calificación de los aspirantes/as, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que
contendrá las notas finales de los aspirantes y el/la que resulta seleccionado/a. Será seleccionado el
aspirante/a que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número de aspirantes/as
propuestos/as los puestos objeto de esta convocatoria que es de uno.
El resultado se expondrá en tablón del portal del ciudadano de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros, abriéndose un plazo de dos días hábiles, en el transcurso de los cuales se podrán
formalizar las reclamaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de Selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal
levantara nuevo acta, donde quedaran atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere.
Procediéndose a su publicación de la misma forma señalada más arriba.
El/La aspirante seleccionado/a cuando sea llamado para incorporarse, deberán firmar el correspondiente
contrato en el plazo que se le señale, entendiéndose que renuncia a la plaza si no firmare el contrato en dicho
plazo, sin causa justificada.
NOVENO.- Documentación a presentar por los aspirantes.
El/la aspirante presentará en el Registro General de la Corporación, en el plazo que se señale, la siguiente
documentación:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Certificado actualizado de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo facilitado por su
oficina de empleo, o en su defecto declaración jurada actualizada indicando que actualmente
mantiene suscrito contrato temporal de duración determinada con este Ayuntamiento.
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