Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02092/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto de Actividades Económicas
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 2092/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 2092/2021
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto de Actividades Económicas
"APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS"
APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro sobre la modificación de la Ordenanza
reguladora del impuesto de actividades económicas en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto de la modificación es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE ACTIVIADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL
CERRO.
Artículo 10.- Bonificaciones.
A las bonificaciones establecidas se añadirá la siguiente:
C) Una bonificación de hasta el 50 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que
tributen por cuota municipal y que:
Utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o
sistemas de cogeneración.
A estos efectos, se consideran instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables las
contempladas y definidas como tales en el Plan de fomento de las energías renovables. Se considerarán
sistemas de cogeneración los equipos e instalaciones que permitan la producción conjunta de electricidad y
energía térmica útil.
D) Una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que
tributen en por cuota municipal y que desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial
interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento
del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se
acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.
Burguillos del Cerro, 5 de mayo de 2021.- El Alcalde-Presidente, Manuel Lima Díaz.- Ante mí, La Secretaria acctal, Carmen
Timón Lozano.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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"APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS"
APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro sobre la modificación de la Ordenanza
reguladora del impuesto de actividades económicas en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto de la modificación es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE ACTIVIADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL
CERRO.
Artículo 10.- Bonificaciones.
A las bonificaciones establecidas se añadirá la siguiente:
C) Una bonificación de hasta el 50 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que
tributen por cuota municipal y que:
Utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o
sistemas de cogeneración.
A estos efectos, se consideran instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables las
contempladas y definidas como tales en el Plan de fomento de las energías renovables. Se considerarán
sistemas de cogeneración los equipos e instalaciones que permitan la producción conjunta de electricidad y
energía térmica útil.
D) Una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que
tributen en por cuota municipal y que desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial
interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento
del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se
acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.
Burguillos del Cerro, 5 de mayo de 2021.- El Alcalde-Presidente, Manuel Lima Díaz.- Ante mí, La Secretaria acctal, Carmen
Timón Lozano.
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