Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01995/2021)
Convocatoria y bases específicas reguladoras de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 1995/2021
Criterios de valoración
Aspectos a valorar
Ponderación y
puntuación máxima
1.º Promoción de la lucha contra la
despoblación de las zonas
rurales
Número de habitantes de la localidad en el que se
desarrolla la actividad:
> o - 20.000 hab: 3 puntos
> o -10.000 hab y < 20.000 hab: 5 puntos
> o - 5.000 hab y < 10.000 hab: 10 puntos
< 5.000 hab: 15 puntos
Hasta 15 puntos
2.º Sector de la actividad
Sector en el que se encuadra la actividad económica:
Agroalimentario, industrias culturales, turismo,
economía verde, energías renovables, salud y
bienestar, y transformación digital: 10 puntos.
Comercio, actividades profesionales, científicas y
técnicas, actividades administrativas y servicios
auxiliares: 5 puntos
Otros: 2 puntos
Hasta 10 puntos
3.º Efecto tractor de la actividad
sobre su entorno
Número de actividades/sectores del entorno a las que
afecta la actividad como tractora:
< o - 1 actividad/sector: 0 punto
> o - 2 act/sec y < 4 act/sec: 5 puntos
> o - 4 act/sec y < 6 act/sec: 8 puntos
> o - 6 act/sec: 10 puntos
Hasta 10 puntos
4.º Carácter innovador de la
actividad en el entorno
Número de empresas que desarrollan la misma
actividad en la mancomunidad a la que pertenece la
localidad:
< o - 1 empresa: 5 puntos
> o - 2 empresa y < 4 empresa: 3 puntos
> o - 4 empresa y < 6 empresa: 1 punto
> o - 6 empresa : 0 punto
Hasta 5 puntos
5º
Empleo creado (incluida la persona trabajadora
autónoma):
Creación de más de 4 puestos de trabajo: 10 puntos
Creación de 3 a 4 puestos de trabajo: 7 puntos
Creación de 2 puestos de trabajo: 5 puntos
Hasta 10 puntos
Generación y potencialidad en
la generación de empleo
La puntuación total mínima a alcanzar en los cinco criterios será de 20 puntos. Por debajo de ese límite se desestimarán las
solicitudes de subvención.
La cantidad a subvencionar será proporcional a los puntos obtenidos, con el límite del importe solicitado, ajustado, en su
caso, en la forma referida en el último párrafo de la base 7, y siempre limitada a la cuantía máxima de la subvención
establecida en dicha base y a la no superación del crédito total consignado especificado en la base 2.
El procedimiento concreto para la valoración de las solicitudes y el cálculo de las cantidades a subvencionar es el que se
recoge en la siguiente base.
BASE 12. Cálculo de los importes de las subvenciones.
En la fase de instrucción, el órgano competente seguirá la siguiente secuencia de actuaciones para el cálculo de los importes
de las subvenciones:
1. Cada solicitud aceptada se evaluará desde la óptica de los cinco criterios establecidos en la base anterior,
asignándole una puntuación a cada uno de ellos y, al sumarlos, una puntuación total.
2. Desestimando las solicitudes que no cumplan los mínimos de valoración también referidos en la anterior
base (20 en el total), se ordenarán las restantes por orden decreciente de puntuación total.
3. A la solicitud con mayor puntuación, si ésta es igual o superior a 40 puntos, se le asignará inicialmente la
subvención máxima (12.000,00 €), y a las restantes, las cantidades proporcionales en función de las
puntuaciones totales, con arreglo a la fórmula:
Si= ( Pi/Pmax) x 12.000
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Criterios de valoración
Aspectos a valorar
Ponderación y
puntuación máxima
1.º Promoción de la lucha contra la
despoblación de las zonas
rurales
Número de habitantes de la localidad en el que se
desarrolla la actividad:
> o - 20.000 hab: 3 puntos
> o -10.000 hab y < 20.000 hab: 5 puntos
> o - 5.000 hab y < 10.000 hab: 10 puntos
< 5.000 hab: 15 puntos
Hasta 15 puntos
2.º Sector de la actividad
Sector en el que se encuadra la actividad económica:
Agroalimentario, industrias culturales, turismo,
economía verde, energías renovables, salud y
bienestar, y transformación digital: 10 puntos.
Comercio, actividades profesionales, científicas y
técnicas, actividades administrativas y servicios
auxiliares: 5 puntos
Otros: 2 puntos
Hasta 10 puntos
3.º Efecto tractor de la actividad
sobre su entorno
Número de actividades/sectores del entorno a las que
afecta la actividad como tractora:
< o - 1 actividad/sector: 0 punto
> o - 2 act/sec y < 4 act/sec: 5 puntos
> o - 4 act/sec y < 6 act/sec: 8 puntos
> o - 6 act/sec: 10 puntos
Hasta 10 puntos
4.º Carácter innovador de la
actividad en el entorno
Número de empresas que desarrollan la misma
actividad en la mancomunidad a la que pertenece la
localidad:
< o - 1 empresa: 5 puntos
> o - 2 empresa y < 4 empresa: 3 puntos
> o - 4 empresa y < 6 empresa: 1 punto
> o - 6 empresa : 0 punto
Hasta 5 puntos
5º
Empleo creado (incluida la persona trabajadora
autónoma):
Creación de más de 4 puestos de trabajo: 10 puntos
Creación de 3 a 4 puestos de trabajo: 7 puntos
Creación de 2 puestos de trabajo: 5 puntos
Hasta 10 puntos
Generación y potencialidad en
la generación de empleo
La puntuación total mínima a alcanzar en los cinco criterios será de 20 puntos. Por debajo de ese límite se desestimarán las
solicitudes de subvención.
La cantidad a subvencionar será proporcional a los puntos obtenidos, con el límite del importe solicitado, ajustado, en su
caso, en la forma referida en el último párrafo de la base 7, y siempre limitada a la cuantía máxima de la subvención
establecida en dicha base y a la no superación del crédito total consignado especificado en la base 2.
El procedimiento concreto para la valoración de las solicitudes y el cálculo de las cantidades a subvencionar es el que se
recoge en la siguiente base.
BASE 12. Cálculo de los importes de las subvenciones.
En la fase de instrucción, el órgano competente seguirá la siguiente secuencia de actuaciones para el cálculo de los importes
de las subvenciones:
1. Cada solicitud aceptada se evaluará desde la óptica de los cinco criterios establecidos en la base anterior,
asignándole una puntuación a cada uno de ellos y, al sumarlos, una puntuación total.
2. Desestimando las solicitudes que no cumplan los mínimos de valoración también referidos en la anterior
base (20 en el total), se ordenarán las restantes por orden decreciente de puntuación total.
3. A la solicitud con mayor puntuación, si ésta es igual o superior a 40 puntos, se le asignará inicialmente la
subvención máxima (12.000,00 €), y a las restantes, las cantidades proporcionales en función de las
puntuaciones totales, con arreglo a la fórmula:
Si= ( Pi/Pmax) x 12.000
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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