Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1824/2021)
Extracto de las bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2021
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 1824/2021

La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones derivadas de éstos. Se
prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya previsión de transferencias a terceros países.
DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas bases, motivo por el cual no podrán impugnarlas una
vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases serán resueltas por la Alcaldía.
UNDÉCIMA.- RECURSOS.
Contra la resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de su extracto en el BOP de Badajoz, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la mencionada
publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
DUODÉCIMA.- PUBLICIDAD.
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se publicarán en la Base Nacional de
Subvenciones, junto a un extracto en el BOP de Badajoz, además de en el tablón de edictos y en la página web municipal:
www.zalamea.com.
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en
el artículo 2.8 b) de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con la Ley Orgánica 1/1982, de
5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, así como el
artículo 1.1 de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal, al ser los destinatarios de las
mismas personas o familias en situación de vulnerabilidad, determinada esta por la falta o insuficiencia de recursos
económicos para hacer frente a los suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
Zalamea de la Serena, 21 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Fuentes de la Cruz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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