Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1046/2021)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Trabajadores/as Sociales, mediante el sistema de oposición libre
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Recursos Humanos
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2.º. Jóvenes menores de 30 años, dando preferencia a la persona aspirante de menor edad.
3.º. Mayores de 30 años y menores de 45 años, dando preferencia a la persona aspirante de mayor edad.
10.- Lista de aprobados/as.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de las personas aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final y la publicará en la página web municipal.
11.- Gestión de llamamientos del personal aprobado.
La gestión de llamamientos del personal aprobado se regirá a todos los efectos por el Acuerdo General de Contratación de
Personal Temporal del Ayuntamiento de Badajoz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 21 de
diciembre de 2018.
Cuando se produzca una oferta de contratación, se requerirá a la persona llamada que presente la documentación original
acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 1.
12.- Anulación de derechos anteriores.
Con la realización de nuevas convocatorias quedan automáticamente anulados los derechos que pudieran tener las
personas que no hayan sido contratadas en anteriores convocatorias y bolsas de trabajo de trabajadores/as sociales, con la
excepción del personal que quedó en bolsa constituida con motivo de la convocatoria publicada en el BOP de fecha 26 de
marzo de 2019, los cuales tendrán preferencia respecto a la presente bolsa.
No obstante, de conformidad con las excepciones previstas en el apartado i) del acuerdo general de contratación de
personal temporal del Ayuntamiento de Badajoz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 21 de
diciembre de 2018, quienes ya hayan sido contratados con cargo a la bolsa que ha perdido su vigencia, pero no hayan
llegado a 12 meses, tendrán derechos a ser llamados para su contratación hasta completar un año de trabajo, con la
excepción de las contrataciones realizadas por motivos de urgencia a aquellas personas que no estaban incluidas en bolsa,
los cuales no tienen derecho a renovación.
13.- Base final.
Las presentes Bases estarán a disposición de las personas interesadas y público en general en las dependencias municipales
del Servicio de Recursos Humanos para su consulta, así como en la página web municipal
(https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo).
Badajoz, a 5 de marzo de 2021.- El Alcalde, Francisco Javier Fragoso Martínez.
____________
ANEXO
MATERIAS COMUNES
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. Título Preliminar. Título Primero: De
los derechos y deberes fundamentales.
Tema 2.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Preámbulo. Título I.
Tema 3.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título II.
Tema 4.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Títulos VI, VII y VIII.
Tema 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Estructura. Título Preliminar. Título I: De los interesados en el procedimiento.
Tema 6.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Título II: De la actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 7.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Título III: De los actos administrativos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2.º. Jóvenes menores de 30 años, dando preferencia a la persona aspirante de menor edad.
3.º. Mayores de 30 años y menores de 45 años, dando preferencia a la persona aspirante de mayor edad.
10.- Lista de aprobados/as.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de las personas aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final y la publicará en la página web municipal.
11.- Gestión de llamamientos del personal aprobado.
La gestión de llamamientos del personal aprobado se regirá a todos los efectos por el Acuerdo General de Contratación de
Personal Temporal del Ayuntamiento de Badajoz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 21 de
diciembre de 2018.
Cuando se produzca una oferta de contratación, se requerirá a la persona llamada que presente la documentación original
acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 1.
12.- Anulación de derechos anteriores.
Con la realización de nuevas convocatorias quedan automáticamente anulados los derechos que pudieran tener las
personas que no hayan sido contratadas en anteriores convocatorias y bolsas de trabajo de trabajadores/as sociales, con la
excepción del personal que quedó en bolsa constituida con motivo de la convocatoria publicada en el BOP de fecha 26 de
marzo de 2019, los cuales tendrán preferencia respecto a la presente bolsa.
No obstante, de conformidad con las excepciones previstas en el apartado i) del acuerdo general de contratación de
personal temporal del Ayuntamiento de Badajoz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 21 de
diciembre de 2018, quienes ya hayan sido contratados con cargo a la bolsa que ha perdido su vigencia, pero no hayan
llegado a 12 meses, tendrán derechos a ser llamados para su contratación hasta completar un año de trabajo, con la
excepción de las contrataciones realizadas por motivos de urgencia a aquellas personas que no estaban incluidas en bolsa,
los cuales no tienen derecho a renovación.
13.- Base final.
Las presentes Bases estarán a disposición de las personas interesadas y público en general en las dependencias municipales
del Servicio de Recursos Humanos para su consulta, así como en la página web municipal
(https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo).
Badajoz, a 5 de marzo de 2021.- El Alcalde, Francisco Javier Fragoso Martínez.
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ANEXO
MATERIAS COMUNES
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. Título Preliminar. Título Primero: De
los derechos y deberes fundamentales.
Tema 2.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Preámbulo. Título I.
Tema 3.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título II.
Tema 4.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Títulos VI, VII y VIII.
Tema 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Estructura. Título Preliminar. Título I: De los interesados en el procedimiento.
Tema 6.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Título II: De la actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 7.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: Título III: De los actos administrativos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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