Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (991/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alange
Anuncio 991/2021
que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta de
estacionamiento.
e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación al término de su vigencia.
2. El incumplimiento de estas obligaciones, además de las sanciones previstas en las disposiciones legales y reglamentarias,
podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su retirada temporal.
3. También podrá dar lugar a la cancelación, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas
física o jurídica.
4. Tanto la cancelación como la retirada temporal podrá decretarse previa la tramitación de expediente en el que se de
audiencia a los interesados.
Artículo 13. Infracciones.
Se considerarán infracciones administrativas las acciones y omisiones que contravengan la presente Ordenanza y serán
sancionadas con arreglo a los dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Cuando la acción u omisión se encuentre prevista como
infracción en la Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de Accesibilidad Universal de Extremadura se aplicará el régimen
sancionador previsto en la citada norma y la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de Seguridad Ciudadana.
En los casos en que la sanción impuesta por el Ayuntamiento consista en la retirada de la tarjeta de estacionamiento, y
mientras dure la misma, no se podrá emitir una tarjeta referida al mismo beneficiario.
A tal efecto, los Ayuntamientos comunicarán al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas de estacionamiento, las
sanciones impuestas, especialmente las consistentes en la retirada de la tarjeta de estacionamiento, a los efectos de dejar
constancia de la incidencia y proceder a la cancelación de la inscripción inicial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Las tarjetas expedidas con anterioridad a la aprobación de esta Ordenanza mantendrán su validez hasta la fecha de
vencimiento prevista en el documento original de expedición.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
A la entrada en vigor de la presente Ordenanza quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan al contenido de esta.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez
haya transcurrido el plazo de quince días establecido en el artículo 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de los bases de
Régimen Local.
Alange, 4 de marzo de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, María Julia Gutiérrez Dios.
_____________
ANEXO I
SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA TRANSPORTE INDIVIDUAL
DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Nombre:
Apellidos:
DNI:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Código postal:
Página 8 de 12
Anuncio 991/2021
que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta de
estacionamiento.
e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación al término de su vigencia.
2. El incumplimiento de estas obligaciones, además de las sanciones previstas en las disposiciones legales y reglamentarias,
podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su retirada temporal.
3. También podrá dar lugar a la cancelación, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas
física o jurídica.
4. Tanto la cancelación como la retirada temporal podrá decretarse previa la tramitación de expediente en el que se de
audiencia a los interesados.
Artículo 13. Infracciones.
Se considerarán infracciones administrativas las acciones y omisiones que contravengan la presente Ordenanza y serán
sancionadas con arreglo a los dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Cuando la acción u omisión se encuentre prevista como
infracción en la Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de Accesibilidad Universal de Extremadura se aplicará el régimen
sancionador previsto en la citada norma y la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de Seguridad Ciudadana.
En los casos en que la sanción impuesta por el Ayuntamiento consista en la retirada de la tarjeta de estacionamiento, y
mientras dure la misma, no se podrá emitir una tarjeta referida al mismo beneficiario.
A tal efecto, los Ayuntamientos comunicarán al órgano encargado del registro extremeño de tarjetas de estacionamiento, las
sanciones impuestas, especialmente las consistentes en la retirada de la tarjeta de estacionamiento, a los efectos de dejar
constancia de la incidencia y proceder a la cancelación de la inscripción inicial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Las tarjetas expedidas con anterioridad a la aprobación de esta Ordenanza mantendrán su validez hasta la fecha de
vencimiento prevista en el documento original de expedición.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
A la entrada en vigor de la presente Ordenanza quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan al contenido de esta.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez
haya transcurrido el plazo de quince días establecido en el artículo 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de los bases de
Régimen Local.
Alange, 4 de marzo de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, María Julia Gutiérrez Dios.
_____________
ANEXO I
SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA TRANSPORTE INDIVIDUAL
DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Nombre:
Apellidos:
DNI:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Código postal:
Página 8 de 12