Disposiciones generales. . (2025/508-1)
Decreto 98/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 8 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6229/41

Artículo 75. Impulso a la Ciencia Abierta, a la Ciencia Ciudadana y a la divulgación
científica.
1. La Universidad de Sevilla garantizará la comunicación de su actividad investigadora
mediante el acceso abierto a través de su repositorio institucional, u otros instrumentos
que se puedan establecer, a publicaciones científicas, datos, códigos y metodologías
en el marco de la política europea, nacional y andaluza de investigación y desarrollo
tecnológico.
2. El personal docente e investigador y el personal investigador de la Universidad de
Sevilla deberá entregar a la Biblioteca de la Universidad de Sevilla una copia digital de la
versión final aceptada de cada publicación y sus datos asociados, para su inclusión en
el repositorio institucional o instrumento equivalente, de forma simultánea a la fecha de
publicación, en los términos que se dispongan en la normativa propia de aplicación.
3. Por medio de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla y otras unidades
administrativas de divulgación científica se facilitará el acceso a todos los ciudadanos a
los recursos informativos, digitales y no digitales, así como la formación necesaria para
promover la difusión de la Ciencia Abierta en la comunidad universitaria y en el conjunto
de la sociedad.
4. Con el objeto de fomentar la Ciencia Ciudadana, la Universidad de Sevilla favorecerá
e impulsará la colaboración con los actores sociales y con las Administraciones Públicas,
en especial con la Comunidad Autónoma de Andalucía y con las Administraciones
Locales andaluzas.
5. Con el objetivo de incentivar la divulgación científica, se impulsarán y apoyarán
desde la Universidad de Sevilla iniciativas para compartir, difundir y divulgar los resultados
de la investigación al conjunto de la sociedad con el objetivo de incentivar la formación de
una ciudadanía crítica y concienciada con el cuidado del planeta.

Artículo 77. Organización de la investigación en la Universidad de Sevilla.
1. Con carácter general la organización de la investigación corresponde en la
Universidad de Sevilla a los departamentos y a los institutos universitarios de investigación
de acuerdo con las funciones que les atribuyen la legislación vigente, los presentes
Estatutos y su normativa propia de desarrollo.
2. La Universidad de Sevilla apoyará a través de la Oficina de Proyectos de
Investigación la participación del personal docente e investigador y del personal
investigador en proyectos de investigación, desarrollo e innovación, especialmente en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319829

Artículo 76. Titularidad, filiación y protección de los resultados de la actividad
investigadora.
1. Pertenecen a la Universidad de Sevilla los resultados de las actividades de
investigación, desarrollo e innovación realizadas por su personal docente e investigador
y por su personal investigador, salvo renuncia expresa y por escrito y sin perjuicio del
reconocimiento de la autoría y del derecho de este personal y del personal técnico que
haya participado como autor o autora, a participar en los beneficios obtenidos por la
Universidad en los porcentajes que se establezcan legal o reglamentariamente.
2. El personal de la Universidad de Sevilla tiene el derecho y la obligación de incluir su
filiación a la Universidad de Sevilla en la realización de su actividad científica, de acuerdo
con la normativa propia y los acuerdos, pactos y convenios que tengan suscritos. Cuando
este personal tenga una adscripción parcial a otras universidades, centros e instituciones
científicas públicos o privados, nacionales o extranjeros ostentará una doble afiliación
con la Universidad de Sevilla y con estos centros e instituciones que deberá hacerse
explícita en los resultados investigadores que se produzcan durante la adscripción.
3. La Universidad de Sevilla velará por la protección jurídica de los derechos de la
propiedad industrial o intelectual, las obtenciones vegetales y los secretos empresariales
derivados de la actividad investigadora de sus miembros.