3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4445/99

Artículo 112. Medidas en relación con los trabajadores de las empresas de servicios contratadas por la
Universidad de Cádiz.
1. De acuerdo con la Instrucción UCA/I01GER/2013 del Gerente de la Universidad de Cádiz, de 15 de abril
de 2013 sobre Buenas Prácticas para la Gestión de la Contratación de Servicios o asimilados, en
consonancia con lo regulado por el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar
la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad en el ámbito de las Comunidades
Autónomas y de las Entidades Locales, en los servicios externos contratados por la Universidad de Cádiz,
el responsable del contrato y/o de su ejecución deberá establecer las medidas específicas necesarias con
objeto de garantizar que los actos que se deriven de las relaciones entre los gestores de la Universidad y
el personal de la empresa contratada en ningún caso pueda considerarse como determinante para el
reconocimiento de una relación laboral.

A estos efectos, deberán quedar dentro de la esfera de la dirección de la empresa contratada, entre otros,
los relativos al control de horarios, concesión de permisos y vacaciones, régimen disciplinario y órdenes
de trabajo, correspondiendo a la Universidad de Cádiz la evaluación de los trabajos realizados de acuerdo
con las necesidades y obligaciones derivadas del contrato suscrito.

Con esta finalidad, el Gabinete de Auditoría y Control Interno, con la colaboración de las Administraciones
(Unidades Tramitadoras), establecerá los mecanismos necesarios con objeto de evaluar periódicamente
la naturaleza de los servicios facturados por personas físicas que pudieran derivar en una contingencia de
naturaleza laboral para la Universidad de Cádiz.

Artículo 113. Contratos reservados.
A fin dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Contratos del Sector Público, en su Disposición
adicional cuarta, la Universidad de Cádiz regulará el procedimiento de reserva de la participación o
ejecución de determinada contratación a programas de empleo protegido, el cual deberá ser aprobado
por el Consejo de Gobierno.

Artículo 114. Plazo para la elaboración y presentación de las ofertas por los licitadores.

00318047

Con carácter general, la Universidad de Cádiz establecerá en sus procedimientos de licitación plazos para
la recepción de ofertas y solicitudes en consonancia con la complejidad del objeto del contrato y de los
trámites, de manera que permitan razonablemente su preparación por parte de los licitadores, salvo que,
por motivos excepcionales de interés público, a criterio del órgano de contratación, se establezcan plazos
de menor duración en los pliegos reguladores.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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