Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

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Se evaluará si en el proyecto se describen las actividades y éstas son adecuadas para la consecución
de los objetivos propuestos.
A.3. Calendario de realización (0-2 puntos).
Se valorará que el período de ejecución global el proyecto de inversión sea coherente con la
naturaleza del mismo y garantice su viabilidad.
A.4. Ámbito territorial del proyecto. (0-1 punto).
Se valorará que se trate de un municipio rural de pequeño tamaño en los términos definidos en el
artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
A.5. Especificidad del proyecto de inversión (0-2 puntos).
Se valorará su incidencia directa en las personas usuarias.
A.6. Aspectos formales del proyecto presentado (0-3 puntos).
Se valorará que el proyecto esté formulado de forma clara y concisa.

B. Adecuación del presupuesto del proyecto de inversión a realizar (0-10 puntos).
Se evaluará la descripción, concreción e idoneidad de los recursos materiales necesarios para el
desarrollo del proyecto de inversión, así como la razonabilidad del coste de los gastos incluidos en
el presupuesto.
- Adecuación de las partidas incluidas en el presupuesto del proyecto de inversión, con justificación
de su necesidad. Hasta 5 puntos.
- Razonabilidad del coste de los gastos incluidos en el presupuesto del proyecto de inversión Hasta 5
puntos.
C. Cofinanciación con fondos propios (0-2 puntos), de acuerdo con la siguiente escala:
> 5% al 10%

1 puntos

Más del 10%

2 puntos

La puntuación mínima para considerar favorable la valoración del proyecto de inversión a realizar es de 15
puntos.
2.b) Posibilidad de reformular la solicitud:
☒ No
☐ Si

☒ No
☐ Si. Número:
☐Solo se puede optar a una de ellas.
☐Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que la persona o entidad solicitante no haya expresado su opción en plazo, se entenderá
que ha optado por: la primera que haya tenido entrada en el Registro, procediéndose a la inadmisión de las
restantes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316664

2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.