Disposiciones generales. . (2025/22-3)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de Almería».
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025
página 1242/14
Décimo séptimo. Medidas a adoptar en materia de suministro de información,
transparencia y comunicación.
En materia de suministro de información, transparencia y comunicación se establecen
las siguientes obligaciones para los beneficiarios:
a) La información y documentación acreditativa correspondiente relativa a la
consecución del valor de los indicadores del Programa del Fondo de Transición Justa
de España 2021-2027 correspondientes al proyecto de acuerdo al alcance, plazos,
procedimiento de transmisión de datos y metodología de medición que será establecida
en la correspondiente resolución de concesión de incentivos.
b) Como medidas de publicidad y transparencia pública sobre los incentivos
concedidos cumplir con las obligaciones de visibilidad, transparencia y comunicación en
los términos previstos en el Capítulo III del Título IV del Reglamento UE (núm.) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen
las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para
dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados o el que fuera aplicable.
Como obligaciones de visibilidad, transparencia y comunicación que deben cumplir
y/o adoptar las personas o entidades beneficiarias, las recogidas en el artículo 50 del
Reglamento UE (núm.) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados o el que fuera aplicable. A este respecto
podrá consultarse la siguiente página web:
https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/
fondos- europeos-andalucia /comunicacion/logos-manuales/periodos-2021-27/
logos-21-27.html
Décimo octavo. Eficacia de la resolución de convocatoria.
La eficacia de la presente resolución se producirá con la publicación de esta y su
extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en
el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Sevilla, 8 de enero de 2025.- El Secretario General de Industria y Minas, P.A. (por dispongo
primero de la Orden de 4.12.2024), el Viceconsejero, Cristóbal Sánchez Morales.
ANEXO I, I-A Y II
00314852
Formularios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025
página 1242/14
Décimo séptimo. Medidas a adoptar en materia de suministro de información,
transparencia y comunicación.
En materia de suministro de información, transparencia y comunicación se establecen
las siguientes obligaciones para los beneficiarios:
a) La información y documentación acreditativa correspondiente relativa a la
consecución del valor de los indicadores del Programa del Fondo de Transición Justa
de España 2021-2027 correspondientes al proyecto de acuerdo al alcance, plazos,
procedimiento de transmisión de datos y metodología de medición que será establecida
en la correspondiente resolución de concesión de incentivos.
b) Como medidas de publicidad y transparencia pública sobre los incentivos
concedidos cumplir con las obligaciones de visibilidad, transparencia y comunicación en
los términos previstos en el Capítulo III del Título IV del Reglamento UE (núm.) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen
las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para
dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados o el que fuera aplicable.
Como obligaciones de visibilidad, transparencia y comunicación que deben cumplir
y/o adoptar las personas o entidades beneficiarias, las recogidas en el artículo 50 del
Reglamento UE (núm.) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados o el que fuera aplicable. A este respecto
podrá consultarse la siguiente página web:
https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/
fondos- europeos-andalucia /comunicacion/logos-manuales/periodos-2021-27/
logos-21-27.html
Décimo octavo. Eficacia de la resolución de convocatoria.
La eficacia de la presente resolución se producirá con la publicación de esta y su
extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en
el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Sevilla, 8 de enero de 2025.- El Secretario General de Industria y Minas, P.A. (por dispongo
primero de la Orden de 4.12.2024), el Viceconsejero, Cristóbal Sánchez Morales.
ANEXO I, I-A Y II
00314852
Formularios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja