Autoridades y personal. . (2025/15-10)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 639/9

Cada una de las organizaciones sindicales que ostente representación en el ámbito
de la Mesa Sectorial de Educación podrá nombrar una persona que la represente ante la
referida Comisión, como observadora del proceso de valoración de méritos.
En ningún caso se valorará como mérito la documentación presentada como requisito.

Novena. Admisión de aspirantes.
9.1. Listas provisionales.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán
aprobadas las listas provisionales del personal admitido y excluido, que se publicarán
en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Las referidas listas incluirán la información relativa a la ordenación, en los términos
establecidos en la base octava, al objeto de que el personal participante compruebe
dicha ordenación y, en el supuesto de exclusión, la causa o causas de la misma.
Contra las listas provisionales se podrá interponer telemáticamente, en el plazo de
cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con
lo establecido en la base décima de esta convocatoria, las reclamaciones o alegaciones
que se estimen oportunas, dirigidas a la persona titular de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Con la publicación de la citada resolución que declara aprobada la lista provisional
del personal admitido y excluido, se considerará efectuada la notificación al personal
interesado con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su
exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite.
El formulario de alegación se deberá cumplimentar a través de la aplicación
informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en
el mismo se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará
un número identificativo que dará validez y unicidad a ésta. Una vez cumplimentados
estos formularios de la manera indicada deberán teletramitarse mediante alguno de los
distintos medios de firma electrónica de que disponga el formulario.
9.2 Listas definitivas.
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la Comisión remitirá a la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos el listado con las puntuaciones
asignadas al personal participante. Dicho centro directivo aprobará por resolución las listas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314249

Octava. Ordenación del personal participante.
El personal participante se ordenará de acuerdo con la puntuación obtenida en
aplicación del baremo que figura como Anexo III (Baremo) de la presente convocatoria. En
caso de empate, este se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
a) Mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, en el orden en que
estos aparecen en el mismo.
b) Mayor puntuación en cada uno de los subapartados del baremo, en el orden en
que aparecen en el mismo.
c) De persistir el empate, se procederá a ordenar por orden alfabético ascendente
por el primer apellido de las personas empatadas a partir la letra que resulte del sorteo
público que determinará el orden de actuación de opositores a las pruebas selectivas
que se celebren durante el año 2025 convocado por la resolución que dicte, al efecto, la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía. El desempate se realizará en virtud de la posición ocupada en esta
ordenación alfabética ascendente, siendo las primeras personas ordenadas aquellas
cuyo primer apellido comience por la letra establecida en el sorteo y las últimas aquellas
cuyo primer apellido comience por la letra anterior a la establecida en el sorteo.