Disposiciones generales. . (2024/209-2)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las Líneas 1, 2, 4 y 7 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52901/15
3. La presentación de la solicitud por parte de la persona interesada conllevará la
autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por laTesorería General de la Seguridad Social y
por la Agencia Tributaria de Andalucía, conforme establece el artículo 120.2 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Decimotercero. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes para las Líneas 1, 2 y 4 será desde
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto de la convocatoria hasta el 30 de abril de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309850
Decimosegundo. Documentación acreditativa.
Conforme establece el artículo 35 de las bases reguladoras, junto a la solicitud se
aportará la siguiente documentación acreditativa de los requisitos para ser beneficiaria:
1. Para todas las líneas de subvenciones:
La identidad de la persona solicitante y de su representante, en los casos en que así
proceda, se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad.
En caso de que la persona o entidad local interesada presente la solicitud a través de
la persona representante apoderada de la solicitante conforme a lo dispuesto en el artículo
33 de las bases reguladoras, y que no sea representante legal que tenga acreditada
dicha representación mediante el certificado de persona física o representante legal de
persona jurídica, deberá contar con firma electrónica o certificado digital propio de la
persona apoderada. En este caso, se cumplimentará el certificado de apoderamiento
que se publicará como anexo con la correspondiente convocatoria, el cual deberá
acompañarse junto con la solicitud en acreditación de tal representación. El modelo de
certificado estará disponible en la dirección
https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/.
Si se encontrase dado de alta en el Registro Electrónico General de Apoderamientos
a través de la plataforma APODERA, en el supuesto previsto en el artículo 6.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se realizará de oficio la correspondiente consulta.
2. Para la Línea 4 de subvención:
En el supuesto de que el certificado de discapacidad de la persona trabajadora
para la que se solicita la contratación indefinida ordinaria deba ser expedido por otra
Comunidad Autónoma, se aportará con el anexo de alegaciones que se publica con la
presente convocatoria.
3. Para la Línea 7 de subvención:
a) Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) de las personas
responsables en las entidades locales beneficiarias, así como del personal responsable
de la selección de las personas candidatas, conforme al anexo que se publica con la
presente convocatoria.
b) Certificación emitida por quien ostente la competencia de fe pública, acreditativa
de la condición de alcalde o alcaldesa, o persona que ostente la presidencia de la entidad
local autónoma, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En
este último caso, deberá aportar también la acreditación de la representación que ostenta.
c) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la Secretaría,
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
4. Excepcionalmente, la Consejería competente en materia de incentivos para el
empleo podrá requerir en todo momento la documentación original, copias auténticas o
autenticadas que se consideren necesarias para acreditar los datos consignados en la
solicitud respecto de los requisitos y declaraciones responsables.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52901/15
3. La presentación de la solicitud por parte de la persona interesada conllevará la
autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por laTesorería General de la Seguridad Social y
por la Agencia Tributaria de Andalucía, conforme establece el artículo 120.2 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Decimotercero. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes para las Líneas 1, 2 y 4 será desde
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto de la convocatoria hasta el 30 de abril de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309850
Decimosegundo. Documentación acreditativa.
Conforme establece el artículo 35 de las bases reguladoras, junto a la solicitud se
aportará la siguiente documentación acreditativa de los requisitos para ser beneficiaria:
1. Para todas las líneas de subvenciones:
La identidad de la persona solicitante y de su representante, en los casos en que así
proceda, se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad.
En caso de que la persona o entidad local interesada presente la solicitud a través de
la persona representante apoderada de la solicitante conforme a lo dispuesto en el artículo
33 de las bases reguladoras, y que no sea representante legal que tenga acreditada
dicha representación mediante el certificado de persona física o representante legal de
persona jurídica, deberá contar con firma electrónica o certificado digital propio de la
persona apoderada. En este caso, se cumplimentará el certificado de apoderamiento
que se publicará como anexo con la correspondiente convocatoria, el cual deberá
acompañarse junto con la solicitud en acreditación de tal representación. El modelo de
certificado estará disponible en la dirección
https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/.
Si se encontrase dado de alta en el Registro Electrónico General de Apoderamientos
a través de la plataforma APODERA, en el supuesto previsto en el artículo 6.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se realizará de oficio la correspondiente consulta.
2. Para la Línea 4 de subvención:
En el supuesto de que el certificado de discapacidad de la persona trabajadora
para la que se solicita la contratación indefinida ordinaria deba ser expedido por otra
Comunidad Autónoma, se aportará con el anexo de alegaciones que se publica con la
presente convocatoria.
3. Para la Línea 7 de subvención:
a) Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) de las personas
responsables en las entidades locales beneficiarias, así como del personal responsable
de la selección de las personas candidatas, conforme al anexo que se publica con la
presente convocatoria.
b) Certificación emitida por quien ostente la competencia de fe pública, acreditativa
de la condición de alcalde o alcaldesa, o persona que ostente la presidencia de la entidad
local autónoma, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En
este último caso, deberá aportar también la acreditación de la representación que ostenta.
c) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la Secretaría,
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
4. Excepcionalmente, la Consejería competente en materia de incentivos para el
empleo podrá requerir en todo momento la documentación original, copias auténticas o
autenticadas que se consideren necesarias para acreditar los datos consignados en la
solicitud respecto de los requisitos y declaraciones responsables.