3. Otras disposiciones. . (2024/146-29)
Orden de 10 de julio de 2024, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión y matriculación para cursar los grados D y E del Sistema de Formación Profesional sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024
página 48150/35
7. Si no existieran solicitudes a las que atender, los centros docentes que dispongan
de plazas escolares vacantes las ofrecerán a las personas interesadas que cumplan los
requisitos de acceso, informando del hecho a la Delegación Territorial correspondiente.
Será necesaria la presentación de una solicitud por parte de la persona interesada y la
grabación de la misma en el Sistema de Información Séneca antes de que finalice el
periodo establecido por el centro como fecha límite de matriculación para cada oferta
cada año.
8. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de matriculación deberá estar
finalizado el 15 de octubre de cada año o en la fecha máxima indicada por cada centro en
la publicación de la oferta.
Artículo 61. Período y solicitudes de admisión.
1. El periodo regular para el procedimiento de admisión en cursos de especialización
en oferta completa que se inician en el mes de septiembre es el comprendido entre el 15
de junio y el 31 de julio de cada año.
2. El plazo de presentación de solicitudes para los cursos de especialización que
empiezan en septiembre será del 15 al 30 de junio de cada año, o el siguiente día hábil en
el caso de que el 30 de junio no lo fuera.
3. Para los cursos de especialización que no se inician en el mes de septiembre, el
plazo de presentación de solicitudes, admisión, matriculación y listas de espera será los
cuarenta días hábiles previos a la fecha de comienzo del curso.
4. El plazo de presentación de solicitudes para los cursos de especialización que
empiezan en otro momento diferente al mes de septiembre será durante los quince
primeros días naturales de los cuarenta indicados en el apartado anterior.
5. Las solicitudes de admisión en cursos de especialización de formación profesional
en oferta completa presencial se formularán en el modelo que como Anexo V acompaña
a la presente orden.
6. La persona solicitante presentará una única solicitud en la que consignará, por
orden de preferencia, los cursos de especialización que se desee cursar indicando en
qué centros docentes se solicitan, siempre que estén incluidos entre aquellos que los
oferten. Asimismo, indicará, si opta por una plaza en oferta modular complementaria.
7. La solicitud se cumplimentará preferentemente de forma telemática en la Secretaría
Virtual de centros de la Consejería competente en los grados D y E de formación
profesional, obteniendo entrada en el registro en el centro docente solicitado en primer
lugar; sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en cuyo caso y con la finalidad de agilizar el procedimiento podrá remitirse copia al centro
docente al que se dirige la solicitud.
8. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del presente artículo, la solicitud
física presentada en papel se formulará exclusivamente utilizando los modelos indicados
en el apartado 3 de este artículo. Los impresos serán facilitados gratuitamente por
los centros docentes y estarán disponibles a través del portal web de la Formación
Profesional Andaluza.
9. La solicitud deberá acompañarse, en su caso, de la documentación acreditativa
a la que se refiere la Sección 2.ª del Capítulo II, documentación que deberá mantener
su validez y eficacia a la fecha de publicación de la relación provisional de personas
solicitantes y responder a las circunstancias reales en dicha fecha.
10. La solicitud correspondiente a una persona, menor o mayor de edad, sometida a
patria potestad prorrogada o tutela deberá ser firmada por alguna de las personas que
ejercen su guarda y custodia. En el caso de que la persona que desempeña la guarda y
custodia no sea el padre o la madre, deberá presentarse copia auténtica del documento
que acredite la representación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305099
Sección 5.ª Cursos de especialización en oferta completa. Educación para personas adultas
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024
página 48150/35
7. Si no existieran solicitudes a las que atender, los centros docentes que dispongan
de plazas escolares vacantes las ofrecerán a las personas interesadas que cumplan los
requisitos de acceso, informando del hecho a la Delegación Territorial correspondiente.
Será necesaria la presentación de una solicitud por parte de la persona interesada y la
grabación de la misma en el Sistema de Información Séneca antes de que finalice el
periodo establecido por el centro como fecha límite de matriculación para cada oferta
cada año.
8. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de matriculación deberá estar
finalizado el 15 de octubre de cada año o en la fecha máxima indicada por cada centro en
la publicación de la oferta.
Artículo 61. Período y solicitudes de admisión.
1. El periodo regular para el procedimiento de admisión en cursos de especialización
en oferta completa que se inician en el mes de septiembre es el comprendido entre el 15
de junio y el 31 de julio de cada año.
2. El plazo de presentación de solicitudes para los cursos de especialización que
empiezan en septiembre será del 15 al 30 de junio de cada año, o el siguiente día hábil en
el caso de que el 30 de junio no lo fuera.
3. Para los cursos de especialización que no se inician en el mes de septiembre, el
plazo de presentación de solicitudes, admisión, matriculación y listas de espera será los
cuarenta días hábiles previos a la fecha de comienzo del curso.
4. El plazo de presentación de solicitudes para los cursos de especialización que
empiezan en otro momento diferente al mes de septiembre será durante los quince
primeros días naturales de los cuarenta indicados en el apartado anterior.
5. Las solicitudes de admisión en cursos de especialización de formación profesional
en oferta completa presencial se formularán en el modelo que como Anexo V acompaña
a la presente orden.
6. La persona solicitante presentará una única solicitud en la que consignará, por
orden de preferencia, los cursos de especialización que se desee cursar indicando en
qué centros docentes se solicitan, siempre que estén incluidos entre aquellos que los
oferten. Asimismo, indicará, si opta por una plaza en oferta modular complementaria.
7. La solicitud se cumplimentará preferentemente de forma telemática en la Secretaría
Virtual de centros de la Consejería competente en los grados D y E de formación
profesional, obteniendo entrada en el registro en el centro docente solicitado en primer
lugar; sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en cuyo caso y con la finalidad de agilizar el procedimiento podrá remitirse copia al centro
docente al que se dirige la solicitud.
8. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del presente artículo, la solicitud
física presentada en papel se formulará exclusivamente utilizando los modelos indicados
en el apartado 3 de este artículo. Los impresos serán facilitados gratuitamente por
los centros docentes y estarán disponibles a través del portal web de la Formación
Profesional Andaluza.
9. La solicitud deberá acompañarse, en su caso, de la documentación acreditativa
a la que se refiere la Sección 2.ª del Capítulo II, documentación que deberá mantener
su validez y eficacia a la fecha de publicación de la relación provisional de personas
solicitantes y responder a las circunstancias reales en dicha fecha.
10. La solicitud correspondiente a una persona, menor o mayor de edad, sometida a
patria potestad prorrogada o tutela deberá ser firmada por alguna de las personas que
ejercen su guarda y custodia. En el caso de que la persona que desempeña la guarda y
custodia no sea el padre o la madre, deberá presentarse copia auténtica del documento
que acredite la representación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305099
Sección 5.ª Cursos de especialización en oferta completa. Educación para personas adultas