5. Anuncios. . (2024/118-23)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa de construcción al proyecto de la línea de evacuación común de plantas solares fotovoltaicas en el término municipal de Teba (Málaga). (PP. 8771/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024

página 45963/5

Tercero. La autorización administrativa previa y la autorización administrativa de
construcción se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, e incorpora las determinaciones y
condiciones establecidas en la autorización ambiental unificada concedida mediante el
informe de fecha 15.4.2024. Las autorizaciones se otorgan condicionadas al cumplimiento
de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Una vez obtenida la autorización administrativa previa y de construcción, el
proyecto se ejecutará con estricta sujeción a los requisitos y plazos previstos en ellas. Se
cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes
que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación, así como
los requisitos técnicos definidos por el operador del sistema en cuanto a regulación de
tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y huecos de tensión.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y anexos presentados,
con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. La presente instalación forma parte de la infraestructura de evacuación de las
instalaciones de generación CG-838 y CG-839, por lo que de acuerdo con el artículo 28
del Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para
afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania
y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, se establece como
fecha máxima para la obtención de la autorización de explotación definitiva el 30.6.2026.
La autorización de explotación definitiva deberá solicitarse en esta Delegación
Territorial con anterioridad al 30.5.2026. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
presentado la documentación para la autorización de explotación de la instalación, se
podrá proceder a la revocación de la presente autorización.
4. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el Informe de la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga por el que se
otorga la autorización ambiental unificada a Celeno Solar, S.L., para el proyecto de la
línea de evacuación común de las plantas fotovoltaicas denominadas «Celeno Solar»
y «Deneb Solar», sita en el término municipal de Teba (AAU/MA/38/20/M1), de fecha
15.4.2024, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la página web de la Consejería
competente en materia de Medio Ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
5. La persona titular de la instalación remitirá con carácter semestral a esta Delegación
Territorial informe sobre el estado de ejecución de las obras.
6. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
7. La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate:
- El incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida de los
permisos de acceso y conexión a la red de la instalación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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- El trazado que discurre por las parcelas privativas y por la Vía Pecuaria «Cañada
Real de Ronda a Teba» dispondrá de los conductores directamente enterrados.
- La línea que discurre por el camino público y en cruces con cauces, vía de ferrocarril,
vía pecuaria «Cordel de Cádiz a Teba», «Camino de Teba a Cañete Real», «carretera de
Teba a Almargen», tubería de agua y tubería de hidrocarburos, irá bajo tubo de 200 mm
de diámetro.
Término municipal afectado: Teba.
Referencia: AT-16881