3. Otras disposiciones. . (2024/117-33)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento de los requisitos y criterios de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en relación con las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión y la relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

página 46594/5

compromisos u otras obligaciones a que hace referencia el artículo 9 de la Ley 30/2022,
de 23 de diciembre, de acuerdo con su artículo 31.
c) El importe resultante de la aplicación de la letra b) servirá de base para el cálculo
de cualquier reducción que deba aplicarse por presentación de la solicitud fuera de plazo
de acuerdo con su artículo 12.
d) El importe resultante de la aplicación de la letra c) servirá de base para el cálculo de
cualquier reducción que deba aplicarse en caso de declaración incompleta de superficies
de todas las parcelas agrarias de acuerdo con su artículo 13.
e) El importe resultante de la aplicación de la letra d) servirá de base para el cálculo
de las retiradas por incumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad, compromisos
u otras obligaciones a que hace referencia el artículo 9 de la Ley 30/2022, de 23 de
diciembre, de acuerdo con su artículo 32.
f) El importe del pago resultante de la aplicación de la letra e) servirá de base
para el cálculo de las penalizaciones que deban aplicarse por incumplimiento de la
condicionalidad de acuerdo con su artículo 14.

3. Conceptos generales.
La determinación de las penalizaciones por incumplimiento de los criterios de
subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones a que hace referencia el artículo 9
de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, se realizará de acuerdo con una calificación previa
de los mismos. Dicha calificación podrá ser: Excluyente, Básico, Principal, Secundario y
Terciario.
Si un mismo incumplimiento supone más de una penalización por los criterios o los
requisitos de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones a que hace referencia
el artículo 9 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, se aplicará la de mayor importe.
Asimismo, si se observaran incumplimientos de los criterios o requisitos de
subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones a que hace referencia el artículo
9 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, cuando no se haya presentado la solicitud de
pago, dichos incumplimientos se evaluarán conforme a lo indicado en el artículo 31 del
Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, para aplicar la penalización correspondiente.
En aplicación del artículo 16 bis del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, cuando
el incumplimiento se deba únicamente a un requisito o compromiso que haya sido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303543

2. Objeto.
El objeto del presente documento es establecer los criterios para el cálculo y
aplicación de las penalizaciones por incumplimiento de los requisitos y criterios de
subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en virtud del artículo 31 del Real
Decreto 147/2023, de 28 de febrero, para todas las operaciones que se programen de
las intervenciones 6501 Compromisos agroambientales en superficies agrarias, 6503
Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica, 6505 Compromisos
de conservación de recursos genéticos y 6613 Ayudas a zonas con limitaciones naturales
u otras limitaciones específicas, que contempladas en el PEPAC, y gestionadas por
la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, hayan sido o sean objeto de
convocatoria de ayudas en el año 2023 y siguientes, así como para las solicitudes de
pago presentadas con posterioridad al 1 de enero de 2023.
La reducción de las cuantías de ayuda se establecen teniendo en cuenta los principios
de disuasión y proporcionalidad. Las penalizaciones serán proporcionadas y graduadas
según la gravedad, alcance, persistencia, reiteración e intencionalidad del incumplimiento
observado y deberán respectar los límites fijados en el artículo 4.3 del Real Decreto
147/2023, de 28 de febrero. Con respecto a los criterios de subvencionabilidad, los
compromisos y las demás obligaciones, las denegaciones y retiradas de ayuda y las
sanciones administrativas deben tener en cuenta las particularidades de las diversas
intervenciones de ayuda.