Disposiciones generales. . (2024/115-4)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, al amparo de la Línea 2 destinada a financiar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
PAÍS
Polonia
Portugal
Puerto Rico
Qatar
Reino Unido
República Checa
Rumania
Rusia
Singapur
Sudáfrica
Suecia
Suiza
Taiwán
Tanzania
Turquía
Uruguay
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46502/5
COSTE UNITARIO MENSUAL
2.332,00
2.332,00
2.182,00
2.413,00
2.805,00
2.349,00
2.447,00
3.100,00
2.294,00
2.193,00
2.722,00
2.661,00
2.150,00
2.162,00
2.173,00
2.150,00
COSTE UNITARIO DIARIO
77,73
77,73
72,73
80,43
93,50
78,30
81,57
103,33
76,47
73,10
90,73
88,70
71,67
72,07
72,43
71,67
4. Los costes de viaje o desplazamiento no podrán superar las cuantías máximas
establecidas en la Orden de 11 de marzo de 2024 de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos, por la que se actualiza el importe de la indemnización
por utilización de vehículo particular establecida en el Decreto 54/1989, de 21 de
marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, y en la
Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas
indemnizaciones por razón del servicio y en las actualizaciones de las cuantías que se
publiquen posteriormente.
5. Son financiables los costes indirectos, entendidos como gastos generales
asignados al proyecto, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa.
Respecto de estos costes no será necesario aportar justificantes de gasto. El límite
máximo de los costes indirectos del proyecto no podrá exceder del 15% de los costes
directos de personal subvencionables.
6. Las reglas a tener en cuenta para determinar la cuantía máxima a solicitar, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de las bases reguladoras, son las
siguientes:
a) La cuantía mínima de la subvención es de 50.000 euros.
b) La cuantía máxima de la subvención asciende a 300.000 euros.
c) La cuantía máxima subvencionable para el informe de auditoría de la cuenta justificativa
asciende a 1.500 €.
7. Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria todas las tipologías de
gastos directos previstas en el artículo 10 de las bases reguladoras.
Noveno. Período de ejecución de los proyectos subvencionados y elegibilidad de los
gastos.
De acuerdo con el artículo 8 de las bases reguladoras, serán subvencionables los
gastos realizados con cargo a los proyectos de investigación desde la fecha de publicación
en BOJA de la presente convocatoria hasta la finalización del plazo de ejecución.
El plazo de ejecución será de tres años a contar desde la fecha de resolución de la
convocatoria.
Décimo. Plazo de resolución de la convocatoria.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis
meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303451
Octavo. Ámbito de competitividad territorial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de las bases reguladoras, el ámbito
de competitividad territorial será autonómico.
PAÍS
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Portugal
Puerto Rico
Qatar
Reino Unido
República Checa
Rumania
Rusia
Singapur
Sudáfrica
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Tanzania
Turquía
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46502/5
COSTE UNITARIO MENSUAL
2.332,00
2.332,00
2.182,00
2.413,00
2.805,00
2.349,00
2.447,00
3.100,00
2.294,00
2.193,00
2.722,00
2.661,00
2.150,00
2.162,00
2.173,00
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COSTE UNITARIO DIARIO
77,73
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72,73
80,43
93,50
78,30
81,57
103,33
76,47
73,10
90,73
88,70
71,67
72,07
72,43
71,67
4. Los costes de viaje o desplazamiento no podrán superar las cuantías máximas
establecidas en la Orden de 11 de marzo de 2024 de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos, por la que se actualiza el importe de la indemnización
por utilización de vehículo particular establecida en el Decreto 54/1989, de 21 de
marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, y en la
Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas
indemnizaciones por razón del servicio y en las actualizaciones de las cuantías que se
publiquen posteriormente.
5. Son financiables los costes indirectos, entendidos como gastos generales
asignados al proyecto, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa.
Respecto de estos costes no será necesario aportar justificantes de gasto. El límite
máximo de los costes indirectos del proyecto no podrá exceder del 15% de los costes
directos de personal subvencionables.
6. Las reglas a tener en cuenta para determinar la cuantía máxima a solicitar, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de las bases reguladoras, son las
siguientes:
a) La cuantía mínima de la subvención es de 50.000 euros.
b) La cuantía máxima de la subvención asciende a 300.000 euros.
c) La cuantía máxima subvencionable para el informe de auditoría de la cuenta justificativa
asciende a 1.500 €.
7. Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria todas las tipologías de
gastos directos previstas en el artículo 10 de las bases reguladoras.
Noveno. Período de ejecución de los proyectos subvencionados y elegibilidad de los
gastos.
De acuerdo con el artículo 8 de las bases reguladoras, serán subvencionables los
gastos realizados con cargo a los proyectos de investigación desde la fecha de publicación
en BOJA de la presente convocatoria hasta la finalización del plazo de ejecución.
El plazo de ejecución será de tres años a contar desde la fecha de resolución de la
convocatoria.
Décimo. Plazo de resolución de la convocatoria.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis
meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303451
Octavo. Ámbito de competitividad territorial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de las bases reguladoras, el ámbito
de competitividad territorial será autonómico.