Disposiciones generales. . (2023/228-5)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se establece la política de seguridad de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en los ámbitos de seguridad interior, seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones y de la protección de datos personales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023
página 18113/21
Disposición adicional única. Constitución del Comité de Seguridad.
1. La primera convocatoria del Comité de Seguridad tendrá por objeto la constitución
del mismo y se celebrará en un plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en
vigor de la presente orden. Durante la celebración de la sesión constitutiva se procederá a
realizar las designaciones que competen a este órgano según lo dispuesto en la presente
orden.
2. Asimismo, en la sesión constitutiva del Comité de Seguridad y para aquella
información, servicios y sistemas que se encuentren inventariados, se verificarán las
designaciones de los Responsables de la Información, del Servicio y del Sistema.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en la presente orden.
Disposición final primera. Habilitación para la ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Viceconsejería para dictar cuantas instrucciones
sean necesarias y adoptar cuantas medidas técnicas sean oportunas para la difusión y
ejecución de la presente orden en materia de seguridad interior y en coordinación con la
Agencia Digital de Andalucía en materia de política de seguridad de la información.
Disposición final segunda. Publicidad de la política de seguridad de la Consejería.
A los efectos de su mejor difusión entre las personas empleadas de la organización
y de otras partes interesadas, la presente orden se publicará, además de en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, en el portal web y medios de difusión internos (Intranet)
de la Consejería y sus entes instrumentales y en la sección de transparencia del Portal
de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las obligaciones previstas en el artículo 13 de
la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía y en los medios y
soportes que se establezcan por el Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de noviembre de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00293147
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023
página 18113/21
Disposición adicional única. Constitución del Comité de Seguridad.
1. La primera convocatoria del Comité de Seguridad tendrá por objeto la constitución
del mismo y se celebrará en un plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en
vigor de la presente orden. Durante la celebración de la sesión constitutiva se procederá a
realizar las designaciones que competen a este órgano según lo dispuesto en la presente
orden.
2. Asimismo, en la sesión constitutiva del Comité de Seguridad y para aquella
información, servicios y sistemas que se encuentren inventariados, se verificarán las
designaciones de los Responsables de la Información, del Servicio y del Sistema.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en la presente orden.
Disposición final primera. Habilitación para la ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Viceconsejería para dictar cuantas instrucciones
sean necesarias y adoptar cuantas medidas técnicas sean oportunas para la difusión y
ejecución de la presente orden en materia de seguridad interior y en coordinación con la
Agencia Digital de Andalucía en materia de política de seguridad de la información.
Disposición final segunda. Publicidad de la política de seguridad de la Consejería.
A los efectos de su mejor difusión entre las personas empleadas de la organización
y de otras partes interesadas, la presente orden se publicará, además de en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, en el portal web y medios de difusión internos (Intranet)
de la Consejería y sus entes instrumentales y en la sección de transparencia del Portal
de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las obligaciones previstas en el artículo 13 de
la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía y en los medios y
soportes que se establezcan por el Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de noviembre de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00293147
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja