Disposiciones generales. . (2023/216-4)
Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Viernes, 10 de noviembre de 2023

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- Documentación acreditativa de la representación que ostenta, debiendo ser la persona firmante de la
solicitud el representante legal designado en los estatutos de la entidad solicitante. A tal efecto, se
presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que conste la
persona que ocupa el cargo de representante legal. En caso de que el firmante ocupe un cargo diferente al
indicado en los estatutos para ejercer la representación legal de la entidad, se presentará acta del
órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, mediante la que se indique de forma
específica que se otorga la representación legal a la persona designada para la presentación de la
solicitud de ayuda y demás trámites correspondientes a la misma.
3. Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario donde conste el acuerdo de solicitar la ayuda
y el compromiso de realizar la actividad, así como de cumplir las obligaciones establecidas en la Orden,
durante el período subvencionable.
4. Documentación acreditativa relativa a la actividad para la que se solicita la subvención:
a) En caso de disponer de personal técnico contratado para la prestación del servicio de asesoramiento
específico en producción ecológica, la siguiente información relativa al mismo:
a.1. Lista identificativa del personal contratado según el modelo del Anexo V publicado en la
correspondiente convocatoria con la siguiente información: Nombre, apellidos, DNI, sexo, Entidad
contratante, titulación, formación IFAPA, consentimiento para la consulta de identidad y de historial
académico y firma.
a.2. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación.
a.3. La documentación que proceda a la vista de lo dispuesto en el artículo 4 en caso de haber recibido la
formación necesaria, o compromiso de formación en caso de no haberla recibido.
a.4. Contrato en vigor antes de iniciar el servicio.
b) Relación de oficinas de las que dispone para la prestación del servicio de asesoramiento, junto con la
documentación acreditativa de la disposición de la misma (escritura de propiedad, contrato de alquiler,
cesión o cualquier otro título válido en derecho que acredite su vinculación y/o uso por parte de la
entidad).
En el caso de que se produzca algún cambio de ubicación de oficinas durante el periodo de ejecución de los
asesoramientos se debe presentar una comunicación al órgano gestor por ventanilla electrónica en un plazo
de 15 días naturales desde que se produzca el cambio en la dirección https://juntadeandalucia.es/
servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25088.html, aplicándose en su caso la sanción
correspondiente por incumplimiento del criterio de valoración 12.a)2.b.
c) Documentación acreditativa de suscripción de la póliza con cobertura de daños y perjuicios referida en
el artículo 4. a) 2º.4. En caso de no disponer de dicha póliza en el momento de presentación de este Anexo
II, se debe presentar posteriormente junto con el Anexo IV, también publicado en la correspondiente
convocatoria.
d) En el caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de
beneficiario de la subvención, mediante el uso de medios de entidades federadas o integradas en la entidad
solicitante, deberá aportarse el oportuno documento que las relacione y donde conste el compromiso
efectivo de todas las entidades de destinar dichos medios a los servicios de asesoramiento, durante todo
el periodo de ejecución.
e) Documentación acreditativa de que la entidad solicitante está certificada por la ISO 9001, en su caso.
f)Programa de actuaciones de asesoramiento y/o un plan para la prestación del servicio de acuerdo con lo
establecido en el Anexo A, de la presente Orden.
g)En el caso de que se produzca algún cambio en el personal que va a realizar el asesoramiento se debe
presentar una comunicación al órgano gestor por Ventanilla electrónica en un plazo de 15 días naturales
desde que se produzca el cambio en la dirección. https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/25088.html, aplicándose en su caso la sanción correspondiente por incumplimiento
del criterio de valoración 12.a)4.
5. Documentación acreditativa que refleja la federación o dependencia a la entidad solicitante, en caso de
que corresponda.

15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro:

00292260

Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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