Autoridades y personal. . (2023/73-6)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se convoca la cobertura de vacantes en el censo de embarcaciones autorizadas en la modalidad de artes menores, para realizar la actividad pesquera en las zonas B y C de la Reserva de Pesca de la desembocadura del río Guadalquivir.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 19 de abril de 2023

página 6926/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

Con fecha de 24 de junio de 2004 se publica la Orden de 16 de junio de 2004, por la que
se declara una Reserva de Pesca en la desembocadura del río Guadalquivir. En dicha
disposición se establecen una serie de condiciones para el desarrollo de la actividad
pesquera profesional en las diferentes zonas de la misma, en concreto para el ejercicio
de la pesca en la modalidad de artes menores en las zonas B y C. En cumplimiento
de dicha orden, se emite la Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Dirección General
de Pesca y Acuicultura, por la que se hace pública la relación inicial de embarcaciones
autorizadas para el ejercicio de la actividad de pesca con artes menores en las zonas B y
C de la Reserva de Pesca de la desembocadura del río Guadalquivir.
El 6 de julio de 2022, se publica la Orden de 29 de junio de 2022, por la que se
modifica la Orden de 16 de junio de 2004, por la que se declara una Reserva de Pesca
en la desembocadura del río Guadalquivir, donde se recoge que las embarcaciones
autorizadas a realizar la actividad pesquera en las zonas B y C, deberán desarrollar su
actividad pesquera en el ámbito de la Reserva, lo cual se comprobará de oficio por parte
de la Dirección General de Pesca y Acuicultura. A efectos de dicha orden, se entenderá
que se desarrolla la actividad pesquera en el ámbito de la Reserva, si durante al menos
60 días al año, contabilizado desde el 1 de enero al 31 de diciembre, se registran ventas
reglamentarias en las lonjas asociadas a los puertos pesqueros del ámbito de la Reserva.
El número de días se reducirá proporcionalmente en supuestos de fuerza mayor.
Atendiendo a esto último, por parte de esta Dirección General se ha realizado una
revisión, pudiéndose comprobar que 24 embarcaciones no cumplirían con lo indicado
respecto de la actividad, por lo que se ha procedido a iniciar los correspondientes
expedientes de baja de dichas embarcaciones de la lista indicada.
Por otra parte, en la Orden de 29 de junio de 2022, se establece la posibilidad de que
las bajas producidas como consecuencia de la falta de actividad indicado en el párrafo
anterior, podrán ser cubiertas mediante convocatoria de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, y siempre que los informes científicos no se opongan a dicha posibilidad, por
embarcaciones de artes menores con base en los puertos de Rota, Chipiona o Sanlúcar
de Barrameda y que demuestren actividad pesquera en las zonas autorizadas para
dichas embarcaciones en el ámbito de la Reserva.
El 31 de marzo de 2023 se emite informe del Instituto Andaluz de Investigación y
Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica IFAPA, donde
se pone de manifiesto que el análisis de los resultados parece mostrar que no se aprecia
un descenso en las capturas totales o de las principales especies objetivo en la Reserva
de Pesca de la desembocadura del río Guadalquivir en los últimos años. Únicamente el
descenso de ventas de langostinos en los años 2021 y 2022 puede parecer que se deba
a una tendencia de disminución de esta especie, pero serán necesarios datos de años
ulteriores para confirmar esta tendencia.
Analizadas dichas circunstancias y considerando las competencias que esta Dirección
General tiene atribuidas de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 157/2022, de 9 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00281963

Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se convoca la cobertura de vacantes en el censo de
embarcaciones autorizadas en la modalidad de artes menores, para realizar
la actividad pesquera en las zonas B y C de la Reserva de Pesca de la
desembocadura del río Guadalquivir.