3. Otras disposiciones. . (2023/27-32)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban los Planes Generales de Inspección en el área de energía para el bienio 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Jueves, 9 de febrero de 2023

página 2511/7

Alcance: Mediante este Programa se inspeccionarán los trabajos profesionales
presentados en los procedimientos administrativos en materia de seguridad industrial, del
ámbito competencial de esta Secretaría General, que no dispongan de visado colegial, a
efectos de comprobar la habilitación de los autores de dichos trabajos profesionales.
Para dicha comprobación se hará uso de los mecanismos de cooperación e
información previstos en los artículos 5.u) y 10 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre
Colegios Profesionales y, en su caso, el artículo 19 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre,
reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.
PLAN 4: PLAN DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD INDUSTRIAL DE INSTALACIONES
Y/O ESTABLECIMIENTOS EN SERVICIO
Mediante este Plan 4 se realizarán mil doscientas setenta y ocho (1.278) acciones
inspectoras, encuadradas en los siguientes programas de inspección a instalaciones y/o
establecimientos en servicio, con la siguiente cantidad global por cada programa:
Núm. Actuaciones
50
350
84

50
150
50
4
50
440
50
1.278

Programa núm. 1. Establecimientos con instalaciones sujetas al Reglamento de
Instalaciones Petrolíferas.
Objeto: Es objeto de este Programa la inspección de:
- Instalaciones de suministro de combustibles líquidos para usos propios regulados
por el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento
de instalaciones petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre,
y las Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IP-03, aprobada por el Real Decreto
1427/1997, de 15 de septiembre y MI-IP-04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995,
de 28 de diciembre, localizadas en núcleos urbanos y zonas industriales que hayan
precisado proyecto para su puesta en servicio, con el fin de dictaminar las condiciones de
seguridad y su adecuación a los requisitos reglamentarios exigidos.
- Instalaciones fijas para la distribución al por menor de carburantes y combustibles
petrolíferos, MI-IP-04, ubicadas en núcleos urbanos o inmediaciones de zonas habitadas.
Alcance: Con este Programa se realizarán cincuenta (50) inspecciones a las
instalaciones petrolíferas citadas en los párrafos precedentes. Para ello, cada Delegación
Territorial identificará aquellas de su provincia a inspeccionar de acuerdo con los registros
existentes, teniendo en cuenta el conjunto global de inspecciones que se asigne a la
provincia en la totalidad del Plan de Inspección.
Programa núm. 2. Industrias y/o establecimientos de mayor peligro potencial.
Objeto: Es objeto de este Programa la inspección de industrias o establecimientos
industriales, principalmente de los siguientes sectores:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277582

Programa
1. Instalaciones petrolíferas
2. Industrias
3. Establecimientos de pública concurrencia y centros comerciales
4. Instalaciones:
4.1. Alta Tensión
4.1.1. Alta tensión de particulares
4.1.2. A
 lta tensión centros de trasformación de distribuidoras en
edificios de viviendas
4.1.3. Alta tensión de instalaciones de empresas distribuidoras
4.2. Cuadros de contadores e instalaciones receptoras de gas
4.3. Instalaciones térmicas en los edificios
4.4. Cuadros de contadores eléctricos
4.5. Instalaciones de baja tensión en locales mojados, alumbrados
públicos, piscinas y fuentes
TOTAL Actuaciones Plan 4