3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-50)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la contabilidad electoral de las elecciones al Parlamento de Andalucía 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 995/27
95
De la revisión de los justificantes examinados, siete facturas (5,5% del total del gasto declarado)
no reúnen los requisitos mínimos establecidos en el artículo 6.1 e), f) y i) del RD 1619/2012, de
30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación, al no mostrarse en la factura el domicilio del destinatario (2 facturas), el precio unitario (1 factura) y la fecha en la que se han efectuado los servicios (4 facturas).
96
Por otra parte, respecto al cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 133.5 de la
LOREG de comunicar a la Cámara de Cuentas de Andalucía la prestación realizada para aquellos
proveedores que han facturado por gastos electorales superiores a 10.000 €, se ha comprobado
que la información remitida es concordante con los datos reflejados en la contabilidad rendida,
si bien ha sido necesario reiterar la solicitud de la información para lograr su cumplimiento.
5.6.4. Tesorería de campaña
97
En relación con la tesorería de campaña la formación ha dispuesto de una cuenta bancaria electoral abierta el 17 de mayo de 2022, comunicada a la JEA dentro del plazo establecido en el
artículo 124 de la LOREG. Todos los ingresos de fondos y pagos de gastos electorales se han realizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125.1 de la LOREG a través de dicha cuenta
electoral. Los saldos dispuestos de la cuenta se han utilizado para pagar gastos electorales dentro
del plazo de noventa días siguientes a la votación (17 de septiembre de 2022), de conformidad
con el artículo 125.3 de la LOREG. El saldo de la cuenta bancaria electoral asciende a un importe
de 386.571,62 €.
6. RECOMENDACIONES
98
La Cámara de Cuentas de Andalucía como consecuencia de las verificaciones efectuadas sobre el
cumplimiento de los requerimientos legales en materia de ingresos y de gastos electorales derivados de las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el 19 de junio de 2022, formula
recomendaciones expuestas en este epígrafe, que se dirigen a las formaciones políticas y que
van orientadas a propuestas de mejora. Asimismo, se somete a la consideración del Parlamento
de Andalucía la conveniencia de revisar la normativa electoral de Andalucía en los aspectos señalados. La mayor parte de las recomendaciones son coincidentes con las ya recogidas en los
Informes de fiscalización de anteriores procesos electorales aprobados por el Pleno de la Cámara
de Cuentas de Andalucía.
En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones” elaborada por la
Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha consignado una prioridad alta o media a cada
recomendación propuesta, teniendo en cuenta si se trata de una debilidad material o una
deficiencia significativa. En el caso de una prioridad alta, se requiere una atención urgente de la
misma para implantar controles y, en su caso, procedimientos que mitiguen los riesgos
identificados en forma de conclusiones. Para una prioridad media, se deberá establecer un plan
de acción concreto para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.
99
Las fuentes de financiación empleadas para la campaña electoral por las distintas formaciones
políticas se recogen en el cuadro nº 17. Se observa como en toda o parte de la financiación deriva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276078
Al Parlamento de Andalucía
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 995/27
95
De la revisión de los justificantes examinados, siete facturas (5,5% del total del gasto declarado)
no reúnen los requisitos mínimos establecidos en el artículo 6.1 e), f) y i) del RD 1619/2012, de
30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación, al no mostrarse en la factura el domicilio del destinatario (2 facturas), el precio unitario (1 factura) y la fecha en la que se han efectuado los servicios (4 facturas).
96
Por otra parte, respecto al cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 133.5 de la
LOREG de comunicar a la Cámara de Cuentas de Andalucía la prestación realizada para aquellos
proveedores que han facturado por gastos electorales superiores a 10.000 €, se ha comprobado
que la información remitida es concordante con los datos reflejados en la contabilidad rendida,
si bien ha sido necesario reiterar la solicitud de la información para lograr su cumplimiento.
5.6.4. Tesorería de campaña
97
En relación con la tesorería de campaña la formación ha dispuesto de una cuenta bancaria electoral abierta el 17 de mayo de 2022, comunicada a la JEA dentro del plazo establecido en el
artículo 124 de la LOREG. Todos los ingresos de fondos y pagos de gastos electorales se han realizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125.1 de la LOREG a través de dicha cuenta
electoral. Los saldos dispuestos de la cuenta se han utilizado para pagar gastos electorales dentro
del plazo de noventa días siguientes a la votación (17 de septiembre de 2022), de conformidad
con el artículo 125.3 de la LOREG. El saldo de la cuenta bancaria electoral asciende a un importe
de 386.571,62 €.
6. RECOMENDACIONES
98
La Cámara de Cuentas de Andalucía como consecuencia de las verificaciones efectuadas sobre el
cumplimiento de los requerimientos legales en materia de ingresos y de gastos electorales derivados de las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el 19 de junio de 2022, formula
recomendaciones expuestas en este epígrafe, que se dirigen a las formaciones políticas y que
van orientadas a propuestas de mejora. Asimismo, se somete a la consideración del Parlamento
de Andalucía la conveniencia de revisar la normativa electoral de Andalucía en los aspectos señalados. La mayor parte de las recomendaciones son coincidentes con las ya recogidas en los
Informes de fiscalización de anteriores procesos electorales aprobados por el Pleno de la Cámara
de Cuentas de Andalucía.
En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones” elaborada por la
Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha consignado una prioridad alta o media a cada
recomendación propuesta, teniendo en cuenta si se trata de una debilidad material o una
deficiencia significativa. En el caso de una prioridad alta, se requiere una atención urgente de la
misma para implantar controles y, en su caso, procedimientos que mitiguen los riesgos
identificados en forma de conclusiones. Para una prioridad media, se deberá establecer un plan
de acción concreto para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.
99
Las fuentes de financiación empleadas para la campaña electoral por las distintas formaciones
políticas se recogen en el cuadro nº 17. Se observa como en toda o parte de la financiación deriva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276078
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