3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2023/10-29)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, de fecha 21 de junio de 2022, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Trazado Alternativo de la Vereda de Écija y cambio de la delimitación y sectorización del sector I-II (2.ª fase del Polígono Industrial Nudo Norte) del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023

página 490/6

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. En virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de
Andalucía, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía,
resulta de aplicación al presente instrumento urbanístico, por lo que, tanto la tramitación
para su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida ley
establezca.
Segundo. En cuanto al contenido documental de este instrumento de planeamiento
y de su tramitación administrativa en fase municipal, se ha seguido el procedimiento
regulado en los artículos 19, 32, 36 y 39, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. El informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación
Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, emitido con
fecha 15.6.2022, concluye lo siguiente:
La “Modificación del Trazado Alternativo de la Vereda de Écija y cambio de la
delimitación y sectorización del sector I-II (2.ª fase del Polígono Industrial Nudo Norte)”
del municipio de la Roda de Andalucía se ajusta a las determinaciones establecidas por
la legislación urbanística de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275560

Tercero. De conformidad con el artículo 12 del Decreto del Presidente 6/2019, de 11
de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de
la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, se asignan a la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio las competencias en materia de
ordenación del territorio y del litorial y urbanismo que eran ejercidas por la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Asimismo, el Decreto 32/2019, de 5 de
febrero, modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; habiendo sido éste
último derogado expresamente por el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que
se regula la organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.
En virtud del artículo 2.4.k) del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
queda adscrita a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Asimismo, de conformidad con la disposición transitoria tercera del citado decreto, las
competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado
Decreto 107/2019, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo
tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA,
entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla
es el órgano competente para adoptar el Acuerdo que proceda sobre la aprobación
definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
citado Decreto 36/2014.