Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-8)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21703/27

Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas
quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino.
14.3. En el caso previsto en la base anterior, podrá ser propuesto por orden de
puntuación, el primer aspirante que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su
destino en dicho plazo, siéndoles de aplicación lo dispuesto en la base anterior.
El supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido propuestos de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.
14.4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Personal en
el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El recurso potestativo de reposición en vía administrativa deberá presentarse a
través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentado
el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía
administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la
veracidad de los documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
15. Sede.
A todos los efectos y para todas las actuaciones que se deriven del presente proceso
selectivo, incluida la de atribución de competencia jurisdiccional, tendrá la consideración
de sede la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud: Avda. de la Constitución, núm. 18, 41001 Sevilla.
A NE XO
BASES GENERALES

1. Normas generales para la baremación y el cómputo de los méritos:
1.1. Idioma.
Con carácter general, el idioma original de la documentación debe ser el castellano,
o en su caso, acompañada de traducción literal del contenido de dichos documentos
realizada por traductor/a jurado.
Quedan exceptuado de lo anterior:
a) Las publicaciones y comunicaciones científicas escritas en inglés.
b) En el caso de títulos oficiales expedidos dentro del Estado Español en alguna
de las lenguas españolas cooficiales junto con el castellano, y que no resulte preciso
la asistencia de ningún órgano técnico para la comprensión del contenido de estos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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I. CRITERIOS GENERALES PARA LA ACREDITACIÓN Y BAREMACIÓN DE LOS
MÉRITOS AUTOBAREMADOS Y ALEGADOS.