Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-8)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21703/24
En el caso de personas que posean la nacionalidad española bastará con que presten
su consentimiento expreso para la consulta y verificación de sus datos de identidad. Se
presumirá que la consulta u obtención es autorizada salvo oposición expresa. En caso de
no autorizarse la consulta, deberá aportarse copia del DNI en vigor.
En el caso de personas que no posean la nacionalidad española o la de un Estado
miembro de la Unión Europea: deberá acompañarse copia de la Tarjeta de Identidad de
Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y, en su
caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de
la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo. En el caso de ciudadanos de la Unión
Europea o de Estado al que se extienda por aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España el régimen previsto para los
anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar
asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que
deberán estar en vigor.
b) Declaración responsable de no haber sido separada del servicio, mediante
expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a
la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio de funciones
públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su
Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad
española,
c) Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales dependiente del
Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito
contra la libertad e indemnidad sexual.
Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de
los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor
del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
d) Declaración responsable de no poseer, en la fecha establecida, la condición
de personal estatutario fijo en la misma categoría y en su caso especialidad a la que
se pretende acceder en el Sistema Nacional de Salud o de no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo convocado, en el caso del Cuerpo Superior Facultativo
de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su situación
administrativa.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado.
f) Las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
deberán acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la categoría/cuerpo y en su caso especialidad a la que se opta. Para ello deberán
presentar certificado vigente del órgano competente que acredite su aptitud para
desempeñar las tareas que correspondan a la categoría profesional a la que aspira.
La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados.
11.3. Las personas candidatas deberán cumplimentar en los plazos establecidos en
la base 11.1 el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado petición de
destinos, indicando por orden de preferencia los destinos a los que desean ser adscritos.
11.4. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas
a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación
establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto,
alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
y otros análogos. La Dirección General competente en materia de Personal resolverá,
en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la
persona discapacitada, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274893
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21703/24
En el caso de personas que posean la nacionalidad española bastará con que presten
su consentimiento expreso para la consulta y verificación de sus datos de identidad. Se
presumirá que la consulta u obtención es autorizada salvo oposición expresa. En caso de
no autorizarse la consulta, deberá aportarse copia del DNI en vigor.
En el caso de personas que no posean la nacionalidad española o la de un Estado
miembro de la Unión Europea: deberá acompañarse copia de la Tarjeta de Identidad de
Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y, en su
caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de
la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo. En el caso de ciudadanos de la Unión
Europea o de Estado al que se extienda por aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España el régimen previsto para los
anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar
asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que
deberán estar en vigor.
b) Declaración responsable de no haber sido separada del servicio, mediante
expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a
la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio de funciones
públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su
Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad
española,
c) Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales dependiente del
Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito
contra la libertad e indemnidad sexual.
Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de
los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor
del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
d) Declaración responsable de no poseer, en la fecha establecida, la condición
de personal estatutario fijo en la misma categoría y en su caso especialidad a la que
se pretende acceder en el Sistema Nacional de Salud o de no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo convocado, en el caso del Cuerpo Superior Facultativo
de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su situación
administrativa.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado.
f) Las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
deberán acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la categoría/cuerpo y en su caso especialidad a la que se opta. Para ello deberán
presentar certificado vigente del órgano competente que acredite su aptitud para
desempeñar las tareas que correspondan a la categoría profesional a la que aspira.
La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados.
11.3. Las personas candidatas deberán cumplimentar en los plazos establecidos en
la base 11.1 el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado petición de
destinos, indicando por orden de preferencia los destinos a los que desean ser adscritos.
11.4. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas
a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación
establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto,
alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
y otros análogos. La Dirección General competente en materia de Personal resolverá,
en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la
persona discapacitada, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274893
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía