Disposiciones generales. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/200-2)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se dictan normas sobre el informe a emitir por este órgano directivo previo a la contratación de auditorías por las entidades integradas en el Sector Público Andaluz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 16246/6
INTERVENCIÓN GENERAL
40 X (PL−Of )
X=
PL−OMB
siendo,
PL= Presupuesto de Licitación (en euros)
PL=
de Licitación
(ende
euros)
40Presupuesto
= Puntuación
máxima
la proposición económica
40
=
Puntuación
máxima
de
la
proposición
OMB= Oferta Más Baja (en euros)económica
OMB= Oferta Más Baja (en euros)
Of= Oferta económica de la empresa (en euros)
Of= Oferta económica de la empresa (en euros)
2. Contenido técnico.
Se valorará con un máximo de 40 puntos, de acuerdo con las siguientes variables:
a) 5 puntos por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 3 para el resto de
2. Contenido técnico.
miembros del equipo sobre entidades del sector público andaluz en los 5 años previos a
Se valorará con un
de 40 puntos, de acuerdo con las siguientes variables:
la presentación
demáximo
la oferta.
b) 3 puntos
por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 2 para el resto
a) 5 puntos por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 3 para el resto de miembros del
de equipo
miembros
del equipo
sobrepúblico
entidades
sector
enpresentación
los 5 años
previos
sobre entidades
del sector
andaluzdel
en los
5 añospúblico
previos a la
de la
oferta. a la
presentación de la oferta.
3 puntos porcon
cadaun
trabajo
de auditorías
el socio
y 2 para el
resto de miembros
del
3. Se b)valorarán,
máximo
de 20realizadas
puntos,por
otros
factores
específicos
que no
equipo
sobre
entidades
del
sector
público
en
los
5
años
previos
a
la
presentación
de
la
oferta.
requieran la aplicación de juicios de valor y se determinen de forma objetiva por la entidad.
decon
acreditación
de20los
méritos
3.4.SeMedios
valorarán,
un máximo de
puntos,
otrosaportados.
factores específicos que no requieran la aplicación de
Se acreditarán
mediantededeclaración
juicios
de valor y se determinen
forma objetivaresponsable
por la entidad. del representante de la empresa
ofertante y currículum firmado por los miembros del equipo con detalle de trabajos
4. Medios de acreditación de los méritos aportados.
realizados, ente auditado y su pertenencia al sector público andaluz o sector público,
Se acreditarán
mediante
responsable
representante
de la empresa ofertante y currículum
fecha
de realización
de declaración
los trabajos
y tipo dedel
auditoría
realizada.
siendo,
firmado por los miembros del equipo con detalle de trabajos realizados, ente auditado y su pertenencia al
sector
público andaluz
o sector público,
fechaladeemisión
realizaciónde
de los
trabajosprevio
y tipo depor
auditoría
realizada.
Undécimo.
Comprobaciones
para
informe
la Intervención
General.
Undécimo. Comprobaciones para la emisión de informe previo por la Intervención General.
Con base en la documentación aportada por la entidad solicitante la Intervención
Con base
en la documentación
aportada por
la se
entidad
solicitante
la Intervención
Generalresolución.
realizará las
General
realizará
las comprobaciones
que
recogen
en anexo
a la presente
comprobaciones que se recogen en anexo a la presente Resolución.
Realizadas las comprobaciones la Intervención emitirá informe previo debiendo
pronunciarse
el gradolade
cumplimiento
de las previo
normas
contenidas
en la
presente
Realizadas lassobre
comprobaciones
Intervención
emitirá informe
debiendo
pronunciarse
sobre
el grado
de cumplimiento
de las normas
contenidas en la presente
y propondrá
las recomendaciones que
resolución
y propondrá
las recomendaciones
que resolución
se consideren
necesarias.
se consideren necesarias.
Duodécimo. Plazo de ejecución y remisión de los informes.
1. Para las auditorías de cuentas anuales el plazo de ejecución del contrato no
1. Para
auditorías
de cuentas
plazo
de ejecución
podrá ser inferior
un mes a
podrá
serlasinferior
a un
mes aanuales
partir eldel
momento
en del
quecontrato
fuerennoentregadas
las acuentas
partir del momento
en que fueren entregadas
las cuentas
formuladas por los administradores u órganos
formuladas
por los administradores
u órganos
equivalentes.
equivalentes.
2. Los informes de auditoría emitidos deberán ser entregados por la entidad auditada
a la2. Intervención
de la Junta
deserAndalucía
plazo de
un mes
desde su
Los informes deGeneral
auditoría emitidos
deberán
entregados en
por el
la entidad
auditada
a la Intervención
emisión.
General de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes desde su emisión.
Duodécimo. Plazo de ejecución y remisión de los informes.
Sevilla, 6 de octubre de 2022.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269514
Decimotercero. Norma transitoria y cesación de efectos.
La presente resolución será de aplicación a la contratación de las auditorías cuyo
informe previo se solicite con posterioridad a la fecha de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y respecto a las que no se haya emitido informe previo de
acuerdo con la Instrucción 2/2003 de la Intervención General de la Junta de Andalucía,
que queda sin efecto para lo sucesivo.
BOJA
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 16246/6
INTERVENCIÓN GENERAL
40 X (PL−Of )
X=
PL−OMB
siendo,
PL= Presupuesto de Licitación (en euros)
PL=
de Licitación
(ende
euros)
40Presupuesto
= Puntuación
máxima
la proposición económica
40
=
Puntuación
máxima
de
la
proposición
OMB= Oferta Más Baja (en euros)económica
OMB= Oferta Más Baja (en euros)
Of= Oferta económica de la empresa (en euros)
Of= Oferta económica de la empresa (en euros)
2. Contenido técnico.
Se valorará con un máximo de 40 puntos, de acuerdo con las siguientes variables:
a) 5 puntos por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 3 para el resto de
2. Contenido técnico.
miembros del equipo sobre entidades del sector público andaluz en los 5 años previos a
Se valorará con un
de 40 puntos, de acuerdo con las siguientes variables:
la presentación
demáximo
la oferta.
b) 3 puntos
por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 2 para el resto
a) 5 puntos por cada trabajo de auditorías realizadas por el socio y 3 para el resto de miembros del
de equipo
miembros
del equipo
sobrepúblico
entidades
sector
enpresentación
los 5 años
previos
sobre entidades
del sector
andaluzdel
en los
5 añospúblico
previos a la
de la
oferta. a la
presentación de la oferta.
3 puntos porcon
cadaun
trabajo
de auditorías
el socio
y 2 para el
resto de miembros
del
3. Se b)valorarán,
máximo
de 20realizadas
puntos,por
otros
factores
específicos
que no
equipo
sobre
entidades
del
sector
público
en
los
5
años
previos
a
la
presentación
de
la
oferta.
requieran la aplicación de juicios de valor y se determinen de forma objetiva por la entidad.
decon
acreditación
de20los
méritos
3.4.SeMedios
valorarán,
un máximo de
puntos,
otrosaportados.
factores específicos que no requieran la aplicación de
Se acreditarán
mediantededeclaración
juicios
de valor y se determinen
forma objetivaresponsable
por la entidad. del representante de la empresa
ofertante y currículum firmado por los miembros del equipo con detalle de trabajos
4. Medios de acreditación de los méritos aportados.
realizados, ente auditado y su pertenencia al sector público andaluz o sector público,
Se acreditarán
mediante
responsable
representante
de la empresa ofertante y currículum
fecha
de realización
de declaración
los trabajos
y tipo dedel
auditoría
realizada.
siendo,
firmado por los miembros del equipo con detalle de trabajos realizados, ente auditado y su pertenencia al
sector
público andaluz
o sector público,
fechaladeemisión
realizaciónde
de los
trabajosprevio
y tipo depor
auditoría
realizada.
Undécimo.
Comprobaciones
para
informe
la Intervención
General.
Undécimo. Comprobaciones para la emisión de informe previo por la Intervención General.
Con base en la documentación aportada por la entidad solicitante la Intervención
Con base
en la documentación
aportada por
la se
entidad
solicitante
la Intervención
Generalresolución.
realizará las
General
realizará
las comprobaciones
que
recogen
en anexo
a la presente
comprobaciones que se recogen en anexo a la presente Resolución.
Realizadas las comprobaciones la Intervención emitirá informe previo debiendo
pronunciarse
el gradolade
cumplimiento
de las previo
normas
contenidas
en la
presente
Realizadas lassobre
comprobaciones
Intervención
emitirá informe
debiendo
pronunciarse
sobre
el grado
de cumplimiento
de las normas
contenidas en la presente
y propondrá
las recomendaciones que
resolución
y propondrá
las recomendaciones
que resolución
se consideren
necesarias.
se consideren necesarias.
Duodécimo. Plazo de ejecución y remisión de los informes.
1. Para las auditorías de cuentas anuales el plazo de ejecución del contrato no
1. Para
auditorías
de cuentas
plazo
de ejecución
podrá ser inferior
un mes a
podrá
serlasinferior
a un
mes aanuales
partir eldel
momento
en del
quecontrato
fuerennoentregadas
las acuentas
partir del momento
en que fueren entregadas
las cuentas
formuladas por los administradores u órganos
formuladas
por los administradores
u órganos
equivalentes.
equivalentes.
2. Los informes de auditoría emitidos deberán ser entregados por la entidad auditada
a la2. Intervención
de la Junta
deserAndalucía
plazo de
un mes
desde su
Los informes deGeneral
auditoría emitidos
deberán
entregados en
por el
la entidad
auditada
a la Intervención
emisión.
General de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes desde su emisión.
Duodécimo. Plazo de ejecución y remisión de los informes.
Sevilla, 6 de octubre de 2022.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269514
Decimotercero. Norma transitoria y cesación de efectos.
La presente resolución será de aplicación a la contratación de las auditorías cuyo
informe previo se solicite con posterioridad a la fecha de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y respecto a las que no se haya emitido informe previo de
acuerdo con la Instrucción 2/2003 de la Intervención General de la Junta de Andalucía,
que queda sin efecto para lo sucesivo.