Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/200-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación para la provisión de puestos de trabajo vacantes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022

página 16296/4

Quinta. Solicitudes, forma de presentación y plazo.
5.1. Solicitudes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
quienes participen en esta convocatoria, cumplimentarán la solicitud mediante un
formulario asociado a la misma que se facilitará a través del portal web de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, para cuyo acceso será necesaria
la autenticación previa mediante certificado digital o usuario IdEA. Dicho formulario
se deberá cumplimentar, firmar y presentar electrónicamente a través de la aplicación
informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en
la misma se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará
un número identificativo, que dará validez y unicidad a la misma.
Durante la cumplimentación de la solicitud no será necesaria la presentación de la
documentación justificativa de los datos facilitados por la aplicación informática, excepto
las publicaciones no susceptibles de ser escaneadas, de las cuales sólo se escaneará la
página donde aparece el ISBN, debiendo presentar la publicación completa conforme al
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
El personal participante que no se oponga a la consulta de los datos de identidad a
través de los sistemas de verificación de identidad, marcará la casilla correspondiente de
la solicitud. Asimismo, podrá autorizar la consulta de sus datos de títulos universitarios
y no universitarios que proporciona el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
5.1.1. El personal participante en el procedimiento solicitará las plazas a que aspiran
consignándolas por orden de preferencia, con los números de códigos que figuran en el
Anexo I de la presente resolución.
5.1.2. Todos los servicios y méritos alegados se acreditarán fehacientemente mediante
la documentación a que se refiere el Anexo II de esta convocatoria. La certificación de
servicios se cerrará a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5.1.3. Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos que debidamente
justificados se aleguen durante el plazo de presentación de solicitudes. La Administración
podrá requerir al personal interesado, en cualquier momento, para que justifique aquellos
méritos sobre los que se planteen dudas o reclamaciones.
5.1.4. La documentación que se presente se hará en originales o en fotocopias
de los documentos justificativos de los méritos aportados. El personal solicitante se
responsabiliza de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad
o manipulación de algún documento decaerá en el derecho a la participación, con
independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.
5.1.5. El personal que reingrese al servicio activo como consecuencia del
procedimiento presentará declaración jurada o promesa de no hallarse separado de
ningun Cuerpo o Escala de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas
o de la Local en virtud de expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
5.2. Forma de presentación.
Una vez cumplimentada la solicitud, la misma se presentará de forma telemática
mediante los distintos medios de firma electrónica que disponga el formulario, sin
perjuicio de la posibilidad de presentación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.4
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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4.2. El personal participante a que alude el apartado 4.1 podrá igualmente incluir
en su solicitud plazas correspondientes a las convocatorias realizadas por otras
Administraciones educativas, en los términos que en ellas se establezcan, salvo el
personal a que se refieren los subapartados «d» y «e».
4.3. El personal funcionario dependiente de otras Administraciones educativas podrá
participar en los términos reflejados en el apartado 3.3 de la base tercera.