5. Anuncios. Consejería de Salud y Consumo. (2022/199-100)
Anuncio de 11 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Málaga, por el que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Consejería de Salud y Consumo y el Ayuntamiento de Alameda sobre encomienda de gestión de actividades relacionadas con la tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 199 - Lunes, 17 de octubre de 2022
página 16151/8
b) No utilizará ni aplicará los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución
del presente convenio.
c) Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan
comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de
confidencialidad de naturaleza legal.
d) Tratará los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el
contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas
técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la
confidencialidad, secreto e integridad de los datos personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del
nivel de riesgo y seguridad correspondiente de las que debe informar convenientemente
y mantener a disposición del responsable dicha documentación acreditativa.
e) Respetará las condiciones indicadas en el artículo 28, apartados 2 y 4, del RGPD,
para recurrir a otro encargado del tratamiento.
f) Asistirá al responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de
medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este
pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el
ejercicio de los derechos de los interesados establecidos en el Capítulo III del RGPD.
g) Ayudará al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones
establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del
tratamiento y la información a disposición del encargado.
h) A elección del responsable, suprimirá o devolverá todos los datos personales una
vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes
a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho
de la Unión o de los Estados miembros.
Dicha devolución se realizará en el plazo que se determine entre ambas partes.
i) Pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente cláusula, así como para
permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del
responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
j) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicará al responsable, de forma
inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier violación de la seguridad
de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con
toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o
cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido
o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad
o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como
consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones
obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información
detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de
confidencialidad.
k) Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión
y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de
decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa
aplicable (conjuntamente, los «Derechos»), ante el encargado del tratamiento, éste
deberá comunicarlo al responsable con la mayor prontitud. La comunicación debe
hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la
recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras
informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder,
e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho.
l) Nombrará Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el
RGPD, y comunicarlo al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Junta de
Andalucía (CTPD), también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269416
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 16151/8
b) No utilizará ni aplicará los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución
del presente convenio.
c) Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan
comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de
confidencialidad de naturaleza legal.
d) Tratará los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el
contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas
técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la
confidencialidad, secreto e integridad de los datos personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del
nivel de riesgo y seguridad correspondiente de las que debe informar convenientemente
y mantener a disposición del responsable dicha documentación acreditativa.
e) Respetará las condiciones indicadas en el artículo 28, apartados 2 y 4, del RGPD,
para recurrir a otro encargado del tratamiento.
f) Asistirá al responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de
medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este
pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el
ejercicio de los derechos de los interesados establecidos en el Capítulo III del RGPD.
g) Ayudará al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones
establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del
tratamiento y la información a disposición del encargado.
h) A elección del responsable, suprimirá o devolverá todos los datos personales una
vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes
a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho
de la Unión o de los Estados miembros.
Dicha devolución se realizará en el plazo que se determine entre ambas partes.
i) Pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente cláusula, así como para
permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del
responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
j) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicará al responsable, de forma
inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier violación de la seguridad
de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con
toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o
cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido
o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad
o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como
consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones
obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información
detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de
confidencialidad.
k) Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión
y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de
decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa
aplicable (conjuntamente, los «Derechos»), ante el encargado del tratamiento, éste
deberá comunicarlo al responsable con la mayor prontitud. La comunicación debe
hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la
recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras
informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder,
e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho.
l) Nombrará Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el
RGPD, y comunicarlo al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Junta de
Andalucía (CTPD), también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269416
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía