3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/196-81)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 11 de octubre de 2022
página 15869/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y
Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24
de diciembre de 2001), establece con carácter general las competencias del Rector y los
Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados por el Decreto 298/2033, de 21
de octubre (BOJA de 6 de noviembre de 2003), modificados por Decreto 265/2011, de
2 de agosto (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 12 de agosto), precisan dichas
competencias en su artículo 31.
Tras la elección del Rector y su nombramiento, mediante Decreto 141/2020, de 24 de
noviembre, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la
Junta de Andalucía, se dictó la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección
y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias. La nueva resolución
que ahora se dicta, sustituye a la anterior, realizando algunos cambios en la estructura del
Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, así como en las competencias objeto
de delegación. Estos cambios encuentran su motivación en la necesaria adaptación del
gobierno de la universidad a los retos que esta se va a enfrentar como consecuencia de
los cambios legislativos que se han producido y que previsiblemente se van a producir
en los próximos meses. A su vez, al contar con un nuevo Plan Estratégico la Universidad
necesita ajustar su estructura de gobierno para asegurar el cumplimiento de los objetivos
que este establece.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas a este Rectorado, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 31.2 y 38.2 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide,
y al amparo de lo establecido en los artículos 5, así como 8 y ss. de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan la creación de órganos
administrativos, y las traslaciones competenciales interorgánicas, este Rectorado
RESU ELV E
1. Consejo de Dirección.
El Consejo de Dirección de la Universidad Pablo de Olavide estará integrado por:
el Rector, que lo preside, la Secretaría General y la Gerencia, y por los siguientes
Vicerrectorados:
1. Vicerrectorado de Estrategia y Planificación Académica, y Vicerrectorado Primero.
2. Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Fundaciones.
3. Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Doctorado.
4. Vicerrectorado de Internacionalización.
5. Vicerrectorado de Profesorado.
6. Vicerrectorado de Transformación Digital.
7. Vicerrectorado de Campus Saludable y Deporte.
8. Vicerrectorado de Cultura y Políticas Sociales.
9. Vicerrectorado de Estudiantes.
10. Vicerrectorado de Grado y Postgrado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269137
Primero. Determinar la estructura orgánica y funcional del Consejo de Dirección,
Delegaciones del Rector, Secretaría General y Gerencia, en los términos que se
relacionan a continuación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 11 de octubre de 2022
página 15869/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y
Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24
de diciembre de 2001), establece con carácter general las competencias del Rector y los
Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados por el Decreto 298/2033, de 21
de octubre (BOJA de 6 de noviembre de 2003), modificados por Decreto 265/2011, de
2 de agosto (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 12 de agosto), precisan dichas
competencias en su artículo 31.
Tras la elección del Rector y su nombramiento, mediante Decreto 141/2020, de 24 de
noviembre, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la
Junta de Andalucía, se dictó la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección
y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias. La nueva resolución
que ahora se dicta, sustituye a la anterior, realizando algunos cambios en la estructura del
Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, así como en las competencias objeto
de delegación. Estos cambios encuentran su motivación en la necesaria adaptación del
gobierno de la universidad a los retos que esta se va a enfrentar como consecuencia de
los cambios legislativos que se han producido y que previsiblemente se van a producir
en los próximos meses. A su vez, al contar con un nuevo Plan Estratégico la Universidad
necesita ajustar su estructura de gobierno para asegurar el cumplimiento de los objetivos
que este establece.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas a este Rectorado, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 31.2 y 38.2 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide,
y al amparo de lo establecido en los artículos 5, así como 8 y ss. de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan la creación de órganos
administrativos, y las traslaciones competenciales interorgánicas, este Rectorado
RESU ELV E
1. Consejo de Dirección.
El Consejo de Dirección de la Universidad Pablo de Olavide estará integrado por:
el Rector, que lo preside, la Secretaría General y la Gerencia, y por los siguientes
Vicerrectorados:
1. Vicerrectorado de Estrategia y Planificación Académica, y Vicerrectorado Primero.
2. Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Fundaciones.
3. Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Doctorado.
4. Vicerrectorado de Internacionalización.
5. Vicerrectorado de Profesorado.
6. Vicerrectorado de Transformación Digital.
7. Vicerrectorado de Campus Saludable y Deporte.
8. Vicerrectorado de Cultura y Políticas Sociales.
9. Vicerrectorado de Estudiantes.
10. Vicerrectorado de Grado y Postgrado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269137
Primero. Determinar la estructura orgánica y funcional del Consejo de Dirección,
Delegaciones del Rector, Secretaría General y Gerencia, en los términos que se
relacionan a continuación.