5. Anuncios. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/129-63)
Anuncio de 5 de abril de 2022, del Consorcio Estación Recreativa Puerto la Ragua, de aprobación definitiva de modificación de estatutos. (PP. 1403/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 7 de julio de 2022
página 9850/16
Disposición adicional cuarta. Cuotas de participación en casos de separación de un
miembro o liquidación del Consorcio.
Las cuotas de participación serán en proporción directa a las aportaciones realizadas
por las entidades integrantes del Consorcio en los cinco ejercicios presupuestarios
anteriores al acuerdo de disolución o separación. Para los ayuntamientos se considerará
como aportación, si por Junta General así se declara, como mínimo, el canon de
ocupación de los últimos cinco años, siempre que este no haya sido abonado por el
Consorcio al ayuntamiento respectivo.
Disposición final única.
La entrada en vigor de estos estatutos se producirá, una vez cumplimentado el
procedimiento de modificación estatutaria, al día siguiente de la publicación de su texto
íntegro en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Contra el citado acuerdo y de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá interponerse
recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos
meses desde la publicación del presente anuncio, todo ello sin perjuicio de que pueda
ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
00263135
Nevada, 5 de abril de 2022.- El Presidente, Antonio García Leiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 7 de julio de 2022
página 9850/16
Disposición adicional cuarta. Cuotas de participación en casos de separación de un
miembro o liquidación del Consorcio.
Las cuotas de participación serán en proporción directa a las aportaciones realizadas
por las entidades integrantes del Consorcio en los cinco ejercicios presupuestarios
anteriores al acuerdo de disolución o separación. Para los ayuntamientos se considerará
como aportación, si por Junta General así se declara, como mínimo, el canon de
ocupación de los últimos cinco años, siempre que este no haya sido abonado por el
Consorcio al ayuntamiento respectivo.
Disposición final única.
La entrada en vigor de estos estatutos se producirá, una vez cumplimentado el
procedimiento de modificación estatutaria, al día siguiente de la publicación de su texto
íntegro en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Contra el citado acuerdo y de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá interponerse
recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos
meses desde la publicación del presente anuncio, todo ello sin perjuicio de que pueda
ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
00263135
Nevada, 5 de abril de 2022.- El Presidente, Antonio García Leiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja