Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/39-27)
Resolución de 22 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión, y las listas provisionales de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre de la categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con discapacidad intelectual, convocadas mediante Resolución de 18 de noviembre de 2021, y se anuncia la publicación de dichas listas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022

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Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de
la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas,
con expresión, en su caso, de las causas de exclusión, y las listas provisionales de
adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su
caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas por el
sistema de acceso libre de la categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con
discapacidad intelectual, convocadas por la resolución que se cita.
La concesión de adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas
que forman parte de esta convocatoria no dará derecho a la realización de las mismas,
en caso de ser excluido/a en el listado definitivo de personas admitidas y excluidas de la
convocatoria en la que participa.
Segundo. Publicar, como Anexo I a la presente resolución, la relación de causas de
exclusión de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de 15 días hábiles, establecido
en esta resolución no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten
reclamación, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas,
serán excluidas definitivamente de la participación en el proceso selectivo.
Tercero. Publicar, como Anexo II a la presente resolución, la relación de causas de
denegación de las adaptaciones de tiempo y/o medios.
Cuarto. Anunciar que las citadas listas provisionales de personas admitidas y
excluidas a las pruebas selectivas, así como las listas provisionales de adaptaciones de
tiempo y/o medios concedidas y denegadas para la realización de las pruebas selectivas,
se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios
Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la
Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Las alegaciones presentadas, que no tendrán carácter de recurso, serán
estimadas o desestimadas mediante la Resolución de la Dirección General de Personal,
por la que se declare aprobada las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y
excluidas a las pruebas selectivas y la lista definitiva de las adaptaciones de tiempo y/o
medios concedidas y denegadas para la realización de las pruebas selectivas, conforme
dispone la base general 6.2.
Sevilla, 22 de febrero de 2022.- El Director General, Alberto Fernández Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, contados a
partir del día 2 de marzo de 2022, inclusive, para formular alegaciones contra la misma.
Las alegaciones deberán presentarse a través de la VEC, cumplimentando el
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los
listados provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo. Para realizar la
alegación, la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante
cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos
por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal
de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).