3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/39-53)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Córdoba.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022

página 3041/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Córdoba.
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Córdoba que a continuación
se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS

TARIFA 1

TARIFA
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA=3 km más bajada de bandera
(3 km*0,7625, más bajada de bandera 1,4566)

EUROS (IVA INCLUIDO)
1,60
0,84
21,53
4,12

TARIFA 2
TARIFA
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA=3 km más bajada de bandera
(3 km*0,9389, más bajada de bandera 1,7775)

EUROS (IVA INCLUIDO)
1,96
1,03
26,44
5,05

Calendario de aplicación de la tarifa núm. 2 para el año 2022.
a) Periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre.
- Sábados, domingos y días festivos, de 00:00 a 24:00 horas.
- Nocturnos en días laborables, de 22:00 a 6:00 horas.
- Días oficiales de Feria de Nuestra Señora de la Salud.
- Lunes, Martes y Miércoles Santo, de 17:00 a 22:00 horas.
b) Periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de marzo de cada año.
- Sábados, domingos y días festivos, de 00:00 a 24:00 horas.
- Nocturnos en días laborables, de 21:00 a 6:00 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256294

Calendario de aplicación de la tarifa núm. 1 para el año 2022.
a) Periodo comprendido entre el día 1 de abril y el 30 de septiembre.
- Días laborables de 6:00 a 22:00 horas.
b) Periodo comprendido entre el día 1 de octubre y el 31 de marzo.
- Días laborables de 6:00 a 21:00 horas