3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/39-51)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 362/2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de
Sevilla y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado
362/2021.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres
de Sevilla en el procedimiento abreviado 362/2021, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por don Salvador Ibáñez Gázquez, contra oferta de empleo
01-2021-22698 publicada en la página web del Servicio Andaluz de Empleo en fecha 21
a 26 de julio de 2021, para la selección de tres puestos de Personal Funcionario Interino
del Cuerpo Superior Facultativo, opción Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
A1.2003, en aplicación de la Adenda 2/2021 del Servicio Andaluz de Empleo, se ordena
al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la
remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el
procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.

RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a don Salvador
Ibáñez Gázquez al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256300

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA
número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio
Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de
29 abril 2011),