3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/38-62)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas España, S.A., la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de La Palma del Condado para la ejecución y explotación de la actuación adecuación de la EDAR de La Palma del Condado (Huelva).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 24 de febrero de 2022

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en representación de la misma de conformidad con lo acordado por el Consejo de
Administración de la entidad de 28 de septiembre de 2021.
De otra parte, doña María del Carmen Crespo Díaz, Consejera de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en nombre y representación de la Consejería,
en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de
enero, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de aguas por el Decreto
103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y facultada a los efectos del
presente Convenio por los artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Y de otra parte, don Manuel García Félix, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
La Palma del Condado, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Ayuntamiento,
pleno de fecha 15 de junio de 2019, debidamente facultado para este acto por acuerdo
plenario de la Corporación, adoptado en sesión de 25 de junio de 2021.
Cada uno de ellos, en virtud y uso de las facultades que tienen conferidas, según se
acredita en el Anexo I de este Convenio,
E XPONEN

Segundo. Al amparo de dicho Convenio de Gestión Directa y como actuaciones a
construir por ACUAES, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se encuentran, entre
otras, las agrupadas bajo la denominación A.4.19. Adecuación EDARes de Moguer,
Palma del Condado, Beas, San Juan del Puerto y Trigueros (Huelva), declaradas de
interés general por el artículo 36.5 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico
Nacional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256236

Primero. «Aguas de las Cuencas de España, S.A.», es una Sociedad Mercantil
Estatal, cuya denominación social original era «Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A.»,
creada por acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 1997, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 136 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, disposición recogida
en la actualidad en el artículo 132.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1/2001. Con fecha 16 de marzo de 2012 el Consejo de Ministros
aprobó el «Plan de Racionalización del Sector Público Empresarial Estatal» publicado en
el Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo de 2012, en cuyo Anexo I se estableció la
fusión de las sociedades de aguas «Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A.», «Aguas de las
Cuencas del Norte, S.A.», y «Aguas de las Cuencas del Sur, S.A.», mediante la absorción
de las dos últimas por la primera, de conformidad con lo previsto en el artículo 169.f)
de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Igualmente se acordó el precitado cambio de denominación social, pasando la sociedad
absorbente a denominarse «Aguas de las Cuencas de España, S.A.» (en adelante,
también, ACUAES).
Constituye el objeto social de ACUAES la contratación, construcción y explotación,
en su caso, de toda clase de obras hidráulicas y el ejercicio complementario de
cualesquiera actividades que deban considerarse partes o elementos del ciclo hídrico y
estén relacionados con aquéllas.
Las relaciones entre la Administración General del Estado y ACUAES, en cuanto
Sociedad Mercantil Estatal constituida para asumir la gestión directa de la construcción,
explotación y ejecución de la obra pública hidráulica, se regulan mediante la suscripción
del correspondiente Convenio de Gestión Directa, suscrito con fecha 30 de junio de 2014,
su Adenda núm. 1 formalizada con fecha 25 de julio de 2017, la modificación núm. 1
autorizada mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 15 de noviembre de
2019 suscrita con fecha 28 de noviembre de 2019 y la Modificación núm. 2 autorizada
mediante acuerdo de Consejo de Ministros del 8 de junio de 2021 y formalizada el 23 de
junio de 2021.