3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/38-52)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Campus Científico Tecnológico de Linares.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 38 - Jueves, 24 de febrero de 2022

página 2951/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Campus Científico Tecnológico
de Linares.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación
y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Campus Científico
Tecnológico de Linares, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 11 de febrero de 2022 se dicta resolución por esta Dirección
General en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de
la Fundación Campus Científico Tecnológico de Linares, adoptado por su patronato en
sesión celebrada el día 13 de junio de 2017, y se aprueba la adjudicación de los bienes,
derechos y obligaciones resultantes de la liquidación de la fundación, a favor de la entidad
destinataria, Universidad de Jaén.
Segundo. Solicita la fundación que, una vez sea ratificado por el Protectorado el
balance de liquidación así como aprobada por el mismo la adjudicación de los bienes,
derechos y obligaciones resultantes de la liquidación a la Universidad de Jaén, se inscriba
la liquidación y baja de la fundación en el Registro de Fundaciones de Andalucía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el
Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía,
aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el patronato de la
fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256243

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran
esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la
Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el 40 del Reglamento aprobado por Decreto 32/2008, de
5 de febrero, así como el artículo 36 del Reglamento aprobado por Decreto 279/2003, de
7 de octubre.