Autoridades y personal. Universidades. (2022/37-55)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor Ayudante Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Miércoles, 23 de febrero de 2022

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3. Solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados deberán darse de alta e identificarse a través de la plataforma
habilitada por la Universidad de Almería, a la que pueden acceder desde la página web
de esta Universidad o desde el enlace http://convpdi.ual.es. Una vez dados de alta, se
deberán subir a dicha plataforma los documentos justificativos de los méritos alegados, en
los formatos admitidos por la plataforma. En el apartado «Plazas» deberán seleccionar la
plaza o plazas de las relacionadas en el Anexo a las que deseen concursar, procediendo a
«presentar la solicitud» electrónicamente en dicha plataforma. La solicitud se considerará
presentada cuando se haya generado el documento «Instancia_Curriculum» y se haya
aceptado su presentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256031

siguientes, así como de todos los méritos alegados por los aspirantes, deberá estar referido
siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
durante el período de vigencia del contrato.
2.2. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento
del español adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento será
objeto de constatación en el momento de la contratación por cualquier medio admisible
en Derecho.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
2.3. Así mismo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión del título de Doctor. En el caso de haber obtenido este título en
el extranjero, deberá estar homologado por el Organismo competente.
b) Evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de la
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Dirección de Evaluación y
Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA) para la figura contractual
de Profesor Ayudante Doctor.
c) No haber agotado el plazo de cuatro años como Ayudante Doctor en cualquier
Universidad, y no haber agotado el plazo de siete años de contrato en total entre la
contratación como Profesorado Ayudante Doctor/a y Ayudante, en cualquier Universidad
española, descontando los periodos de interrupción legal del cómputo.
2.4. De conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades, se
considerará mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los
concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios. Igualmente, y de conformidad
con el artículo 50 del citado texto, se considerará mérito preferente la estancia del
candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles
o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.