Autoridades y personal. Universidades. (2022/36-18)
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesor Asociado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 22 de febrero de 2022

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6. Resolución y propuesta de contratación.
El proceso de selección se resolverá, de conformidad con lo establecido en los
Estatutos, por la Comisión de Contratación mediante la aplicación del baremo para las
plazas de Profesor Asociado que se convoquen a concurso público en la Universidad de
Córdoba, aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2016, y
al que se puede acceder a través de la página web de la Universidad de Córdoba; Portal
del Personal, en el apartado Normativa y Acuerdos.
El Rectorado, una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitirá
a los Departamentos correspondientes la documentación de los peticionarios admitidos,
siendo responsabilidad de los mismos:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256020

Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos expresamente indicados en la instanciasolicitud y que queden debidamente acreditados, no valorándose los méritos no alegados
en la solicitud, aun cuando figuren en la documentación acreditativa aportada.
Asimismo, los méritos alegados deberán figurar en el anexo a la solicitud, debidamente
ordenados y numerados de manera correlativa e individual, en el orden correspondiente
que figure en la instancia-currículum, no tomándose en consideración los documentos
que se presenten de manera desordenada o sin la preceptiva numeración.
Estarán exentas de pago de los derechos de participación:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud certificado que acredite tal condición.
2. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
3. Las familias numerosas: los miembros de familias de la categoría especial tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa, y los de categoría general a
una bonificación del 50 por 100. La condición de familia numerosa se acreditará
mediante el correspondiente título actualizado.
Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que hayan
sido definitivamente excluidos de estas pruebas por causas no imputables a los mismos.
A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en la que consten sus
datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y código de cuenta bancaria
en la que desea se haya efectivo dicho reintegro.
5.6. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución
aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de
exclusión, que será publicada en el Boletín oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO)
y que servirá de notificación a los participantes en el concurso.
Asimismo, se le dará difusión, a efectos informativos, a través de la página Web de la
Universidad de Córdoba, accediendo a Portal del Personal/Convocatorias de Empleo PDI
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada resolución en el BOUCO.
Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o
resueltas las que, en su caso, hubieran podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes por el mismo cauce anterior.
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).