Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/36-1)
Acuerdo de 15 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 22 de febrero de 2022

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4. Transparencia y participación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, las personas y entidades comprendidas en el ámbito
subjetivo de la misma, deberán publicar de forma periódica, veraz, objetiva y actualizada,
la información pública cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de
su actividad relacionada con el funcionamiento y el control de la actuación pública por parte
de la ciudadanía y de la sociedad en general y favorecer la participación ciudadana en la
misma. Dicha obligación se define en el artículo 2 de la citada ley como publicidad activa.
Por otra parte, el Título V de la referida ley, establece una organización administrativa
para la consecución de los objetivos en materia de transparencia, organización que fue
desarrollada reglamentariamente por el Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se
regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de
la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
La Inspección General de Servicios, además de las responsabilidades que le
corresponden en el reparto de las obligaciones en materia de publicidad activa que dimana
de dicha organización administrativa, en materia de transparencia pública, encuentra su
ámbito competencial, además de en el Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, en las concretas
facultades que le otorga el artículo 41.4 de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.
Dicha norma dispone que la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía
velará por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los títulos II y III de la
misma, esto es, aquellas obligaciones relacionadas con la publicidad activa y el derecho
de acceso a la información pública que sean aplicables a la Administración de la Junta de
Andalucía y sus entidades instrumentales.
La transparencia implica que la sociedad pueda conocer la información sobre las
decisiones adoptadas por la Administración Pública, sus responsables, el proceso de
deliberación, la organización de los servicios y sus resultados.
Sin el conocimiento que proporciona el acceso de los ciudadanos a la información pública
–como señala la exposición de motivos de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía– difícilmente podría realizarse la formación de la opinión crítica y
la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social, un
objetivo irrenunciable que los poderes públicos están obligados a fomentar.
4.1. Denominación: Análisis del cumplimiento del principio de transparencia en
determinadas agencias públicas empresariales.
Objetivo: Velar por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la publicidad
activa y el derecho de acceso a la información pública en todo aquello que sea aplicable
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255987

Ámbito: Dirección General de Energía de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Servicios de Energía de un
núm. o de todas las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y Servicios de
Industria y Minas de un núm. o de todas las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación,
Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
3.5. Denominación: Verificación del cumplimiento de la normativa reguladora de
los ingresos percibidos en régimen de derecho público en aquellas agencias públicas
empresariales que tienen competencias para su gestión y recaudación.
Objetivo: Comprobar que los procedimientos seguidos se ajustan a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes y a los plazos de tramitación, resolución y notificación.
Con carácter particular, se verificará la existencia de una estructura administrativa
consistente y respetuosa con la normativa reguladora de los ingresos percibidos en
régimen de derecho público que le resulte de aplicación y se analizará la disponibilidad y
adecuación de los sistemas informáticos disponibles para la gestión de aquellos.
Ámbito: Agencia de la Obra Pública de la Junta de Andalucía y Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales.