Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/36-1)
Acuerdo de 15 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 22 de febrero de 2022

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2. Ética pública e integridad.
La ética pública y la integridad aplicadas a cómo todas las personas que prestan un
servicio público, desde el punto de vista de los valores y su conducta, han de guiar su
desempeño y su práctica profesional, y a cómo han de dar integridad y responsabilidad a
una conducta orientada a la realización del servicio público conducido por el principio de
la calidad, la responsabilidad y la eficiencia, son elementos de primera magnitud tanto en
la sociedad y en la vida pública de hoy, como en las Administraciones Públicas y en los
servicios que recibe la ciudadanía.
En general en el mundo contemporáneo y sobre todo en las democracias avanzadas
se observa un crecimiento importante de la ética pública o de la ética de las instituciones
públicas y, por tanto, de la extensión de unos valores y normas de conducta a las personas
que tienen la condición de cargos o servidores públicos, que son quienes deciden,
gestionan o administran bienes y servicios públicos. En cualquier organización, también
en el sector público, los recursos humanos competentes, profesionales, cualificados
e íntegros son su principal activo. Y constituyen un elemento clave para, en un marco
definido por principios y valores, hacer que los servicios públicos sean más eficaces,
más eficientes, más sostenibles, y más orientados a la obtención de resultados; y para
recuperar mayores cotas de confianza ciudadana.
En materia de ética pública e integridad, las actuaciones inspectoras contenidas en el
presente Plan están vinculadas con la verificación de que el funcionamiento, la actividad
y el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y
entidades y organismos, se desarrollan en el marco del ordenamiento jurídico que soporta
los valores anteriormente expuestos. Además, están relacionadas con competencias
directas de la Inspección General de Servicios, según se refiere en diversos artículos del
Decreto 601/2019, de 3 de diciembre.
2.1. Denominación: Análisis de las circunstancias, causas y medidas adoptadas
por los órganos competentes respecto a las denuncias presentadas ante la Inspección
General de Servicios con base en el artículo 33 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre,
por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección General de
Servicios de la Junta de Andalucía.
Objetivo: Promover actuaciones que favorezcan la integridad profesional y los
comportamientos éticos de las personas empleadas públicas y de las organizaciones en
la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
El artículo 33 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, antes citado, contempla un
cauce de tramitación singular de las denuncias que puede presentar cualquier persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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por ellas, los formularios permitirán que las personas interesadas manifiesten su
oposición expresa a que se consulten o bien puedan suministrar la información precisa
para recabarlos. En el caso de que por el tipo de dato fuera necesario su consentimiento
expreso para la consulta, se incluirá el apartado correspondiente a dicho extremo.
Por otra parte, la disposición adicional octava del referido Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, establece un plazo máximo de dos años desde su entrada en vigor, para que,
tanto la normativa como los formularios asociados a procedimientos administrativos, se
adecúen progresivamente a lo establecido en el mismo.
Con el objeto de verificar la aplicación de las normas referidas, el alcance de la
presente actuación inspectora está vinculado a la comprobación de que todos los
formularios puestos a disposición de la ciudadanía por parte de la Administración de la
Junta de Andalucía se adecúan a lo estipulado en el artículo 12 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, identificando procedimientos administrativos en los cuales se
estén solicitando a la ciudadanía datos o documentos que ya obren en poder de las
Administraciones Públicas, o hayan sido elaborados por ellas.
Ámbito: Todas las Consejerías de la Junta de Andalucía.