Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/36-1)
Acuerdo de 15 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 22 de febrero de 2022

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A NE XO
PLAN GENERAL DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2022
El artículo 20 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la
organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de
Andalucía, establece que la función inspectora se desarrollará mediante la realización de
actuaciones inspectoras, que podrán tener carácter ordinario o extraordinario.
También se establece en dicho precepto que son actuaciones inspectoras ordinarias
las que se realizan en cumplimiento del Plan General de Inspección.
El Plan General de Inspección 2022 contiene los programas estructurados en torno a
las seis áreas de competencias y funciones generales que tiene atribuidas la Inspección
General de Servicios, tal y como se prevé en el artículo 21.2 del Decreto 601/2019, de 3
de diciembre.
Se trata de los ámbitos de atención a la ciudadanía; ética pública e integridad; eficacia,
eficiencia y efectividad en el funcionamiento de los servicios públicos; transparencia y
participación; protección de datos y administración electrónica; y evaluación e innovación.
Como es preceptivo establece los objetivos de las actuaciones inspectoras y el ámbito
orgánico en el que han de realizarse y que determinan su alcance, así como los criterios
para la realización de las mismas y para la evaluación de su desarrollo y resultados.
Dichos extremos, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Decreto
601/2019, de 3 de diciembre, forman parte del contenido mínimo que debe ser incorporado
a los informes en los que la Inspección General de Servicios formalizará el resultado de
sus actuaciones.
Además, se recuerda que el artículo 21.4 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, por
el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios
de la Junta de Andalucía, dispone que «El Plan General de Inspección se hará público
en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo
establecido en el artículo 10.2.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio».
Finalmente destacar que todas las actuaciones inspectoras contenidas en el Plan
General de Inspección 2022, estarán sometidas a los procedimientos de seguimiento
descritos en el artículo 29 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre y, las conclusiones
de dichos procedimientos figurarán descritas en el informe anual que ha de rendir la
Inspección General de Servicios en los términos y plazos establecidos en la norma
referida.
En este sentido, la Inspección General de Servicios deberá tener en cuenta el
contenido de los informes de seguimiento de las actuaciones inspectoras del Plan
General de Inspección del año 2021 y en su virtud, de conformidad con lo establecido
en el artículo 35 del precitado Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, rendir cuentas de
su actividad en el Informe anual de la Inspección General de Servicios del año 2022,
también en lo que se refiere a dichas actuaciones.

1. Atención a la ciudadanía.
La actividad del sector público debe estar siempre orientada a la ciudadanía, sus
expectativas, sus necesidades y sus aspiraciones. La satisfacción de las mismas y del
bien común en cuya construcción y servicio encuentra su razón de ser la Administración
Pública, es un elemento crucial de los servicios públicos en una sociedad avanzada.
Lo expuesto implica necesariamente una forma de gobierno abierto y de gobernanza
conducida por los intereses públicos, así como también por la profesionalidad, la
fiabilidad, el respeto y la cortesía en la relación con la ciudadanía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Los programas y actuaciones contemplados en el presente Plan son los siguientes: