3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/35-34)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada para el año 2022.
7 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 21 de febrero de 2022

página 2669/3

La presentación de la solicitud implica la aceptación las bases de la convocatoria.
Las solicitudes deberán incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual
se realizarán todas las comunicaciones y/o requerimientos durante el proceso de revisión
y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones serán consideradas como válidas a
efectos de notificaciones.
La Oficina de Proyectos e Investigación procederá a la revisión administrativa de
las solicitudes y, en el caso de estar incompletas o presentar algún tipo de deficiencia,
se requerirá al interesado para que subsane los defectos encontrados o aporte la
documentación requerida. En caso de no hacerlo en el plazo que le sea indicado, se
entenderá que desiste en su solicitud. Finalizada la revisión administrativa, los expedientes
se remitirán a la Comisión de Investigación para su evaluación.
No se concederán ayudas a acciones que correspondan a una actividad que haya
recibido financiación directa o indirectamente en algún otro programa de este plan.
Los investigadores que concurran a programas con cuyas ayudas se liquiden dietas
deben realizar las solicitudes con anterioridad a la realización de la actividad a financiar.
3. Evaluación y concesión.
En el proceso de evaluación, la Comisión de Investigación podrá requerir
asesoramiento por parte de agencias de evaluación externas. Dadas las restricciones
que la Ley de protección de datos supone respecto del uso de la información contenida
en el SICA, los investigadores deberán aportar sus CVN o la versión abreviada de los
mismos (CVA), dependiendo de la convocatoria de la que se trate. Además, en general
será requisito indispensable ajustarse al formato requerido tanto para los CV como para
las memorias y otros documentos que conformen la solicitud. En el caso de no hacerlo, la
solicitud será rechazada en la fase de revisión administrativa de solicitudes.
Concluida la evaluación de cada convocatoria, se publicarán en la página web del
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia la resolución provisional de las ayudas,
que serán determinantes a efectos de que los interesados puedan presentar los recursos
que estimen convenientes. El plazo para emitir dicha resolución será de tres meses desde
la fecha de cierre de cualquier convocatoria, salvo en aquellos programas que dependan
de la resolución de programas ajenos a la Universidad de Granada o de entidades
externas a la Universidad de Granada.
La aceptación de cualquier ayuda o subvención del Plan Propio implica la aceptación
de las normas generales del mismo y de las específicas del correspondiente programa.
El disfrute de una beca o contrato será incompatible con sueldos o salarios de similar
naturaleza, siempre que ello afecte a la finalidad formativa e investigadora de la ayuda o
que se produzca en su mismo horario.

5. Reserva de cuota para personas con discapacidad.
Las convocatorias determinarán el número de plazas reservadas a personas con
discapacidad, que será del 7% del total de plazas ofertadas.
Para optar al cupo reservado a personas con discapacidad debe hacerse constar en
el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad
igual o superior al 33%. La no acreditación del grado de discapacidad implicará la
desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso general.
Quienes opten por participar por el cupo de personas con discapacidad no podrán
cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por dicha opción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255948

4. Interrupción de la ayuda.
Cuando concurran situaciones de incapacidad temporal, maternidad/paternidad y
adopción o acogimiento durante el período de disfrute de la ayuda, beca o contrato, los
beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo de ejecución de la ayuda, adjuntando a su
solicitud, en su caso, documento acreditativo de alguna de las situaciones mencionadas.