Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/35-10)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que, en relación con las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Medicina, subopción Medicina del Trabajo, de la Junta de Andalucía (A1.2009), correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2015 y 2016, se ofertan vacantes a la aspirante seleccionada en las mismas en virtud de la ejecución de la sentencia núm. 3825/2020, de 15 de diciembre.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 35 - Lunes, 21 de febrero de 2022

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2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que, en relación con las pruebas selectivas
por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción
Medicina, subopción Medicina del Trabajo, de la Junta de Andalucía (A1.2009),
correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2015 y 2016, se ofertan
vacantes a la aspirante seleccionada en las mismas en virtud de la ejecución de
la sentencia núm. 3825/2020, de 15 de diciembre.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 3 de mayo de 2019, de la Secretaría General para la
Administración Pública de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior
de la Junta de Andalucía, se desestimó el recurso de alzada formulado por doña María
Isabel Rueda Mateos frente a la lista definitiva de aspirantes que habían superado el tercer
ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el
Cuerpo Superior Facultativo Opción Medicina, Subopción Medicina del Trabajo (A1-2009),
Oferta Pública de Empleo 2015 y 2016.
Segundo. Por doña María Isabel Rueda Mateos, se interpuso con fecha 7 de junio de
2019 recurso contencioso-administrativo por los trámites del procedimiento especial para
la Protección de los Derechos Fundamentales, contra la citada Resolución de 3 de mayo
de 2019.

Cuarto. Por todo ello, con fecha 1 de julio de 2019, la recurrente interpuso escrito
de demanda en el que solicitaba que se dictara sentencia por la que se acordara anular
la citada Resolución de 3 de mayo de 2019 y reconocer su derecho a ser nombrada
funcionaria de carrera del Cuerpo Superior facultativo, Opción Medicina, Subopción
Medicina del Trabajo, de la Junta de Andalucía (A1.2009), correspondiente a las pruebas
de acceso por turno libre convocadas por Resolución de 13 de septiembre de 2017, de
la Secretaría General para la Administración Pública, retrotrayendo cuantas actuaciones
y derechos se derivaran de tal declaración a la fecha en que hubiere debido tomar
posesión, incluida la correspondiente liquidación por haberes, salarios y retribuciones
dejados de percibir desde dicho momento y cómputo de antigüedad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255936

Tercero. Con fecha 10 de junio de 2019, se dictó Diligencia de Ordenación teniendo
por interpuesto recurso y acordando tramitar el recurso por el procedimiento especial
para la Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona previsto en la LJCA
Ley 29/1978, en sus artículos 114 y siguientes, en la medida en que la demandante
sostiene que la Administración no tuvo en cuenta los motivos derivados de su embarazo
de riesgo y la maternidad que motivaron la prolongación del período formativo de modo
que el mismo no concluyó al mismo tiempo que el resto de sus compañeros, sino unos
meses más tarde, de forma que al momento de finalización del plazo de presentar las
solicitudes, la recurrente no cumplía los requisitos exigidos al no estar en posesión del
título requerido, título que obtuvo unos días después por el motivo expuesto. En concreto
el plazo de presentación de solicitudes expiró el 17.10.2017 y la recurrente concluyó sus
estudios el 27.10.2017.