Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/35-3)
Orden de 15 de febrero de 2022, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de abril de 2019, por la que se regula y aprueba el Mapa de Servicios Sociales de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 21 de febrero de 2022

página 2654/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN

Con fecha 5 de abril de 2019 se aprueba la Orden de la Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación por la que se regula y aprueba el Mapa de Servicios Sociales
de Andalucía, como el instrumento mediante el cual se establece la organización del
Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía y su despliegue tanto territorial como
funcional, mediante la configuración de la red de centros, servicios y prestaciones que
,de acuerdo con la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía,
deban ser recogidas en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios
Sociales de Andalucía, con la finalidad de contribuir a garantizar el derecho de todas las
personas en Andalucía a la protección social, la promoción social y la prevención.
En el Anexo II de la citada orden se determinan los niveles de proximidad y la
incardinación en la estructura territorial de los centros de servicios sociales, según las
diferentes tipologías, así como los sectores de población destinataria hacia los que se
orientan sus servicios.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención
a las personas en situación de dependencia, refleja en su artículo 21 la importancia de
«prevenir la aparición o el agravamiento de enfermedades o discapacidades y de sus
secuelas, mediante el desarrollo coordinado, entre los servicios sociales y de salud, de
actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables, programas específicos de
carácter preventivo y de rehabilitación dirigidos a las personas mayores y personas con
discapacidad y a quienes se ven afectados por procesos de hospitalización complejos».
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, establece en el artículo 45 que el modelo básico
de intervención en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía es la atención
integral centrada en la persona o en la unidad de convivencia. Asimismo, indica que
«el proceso de atención tendrá especialmente en cuenta la necesidad de intervención
simultánea en el tiempo e integrada en la orientación de los servicios sociales y de salud,
entre otros, diseñando un proyecto de intervención que recoja medidas y/o actuaciones
integrales buscando las sinergias que mejores resultados puedan conseguir sobre la
calidad de vida y el bienestar de la persona».
Por tanto es necesaria, para una atención integral, de calidad y centrada en la persona,
una correcta atención de los sistemas social y sanitario a las personas dependientes y con
patologías potencialmente cronificables, siendo fundamental garantizar la continuidad de
cuidados entre los diferentes sistemas de protección social, de tal manera que a través
de un modelo flexible el sistema sea capaz de dar respuesta a las necesidades de las
personas a lo largo de todo su proceso asistencial. Todo ello en consonancia con las
propuestas de innovación asistencial establecidas en el Libro Blanco de la Coordinación
Sociosanitaria en España (2011), en cuya propuesta núm. 41 acerca de «Generación de
cuidados intermedios», se pone de manifiesto que «es necesario generar una cultura de
cuidados intermedios, bien con el desarrollo de recursos intermedios o de subagudos
entre los hospitales de agudos y las residencias, o bien con soluciones imaginativas de
soporte entre los recursos ya existentes de ambos sectores. Medidas como el apoyo
en la prestación y gestión farmacéutica o refuerzos en la actividad sanitaria implicando
ciertos recursos humanos desde el sistema sanitario a las residencias sociales, han
mostrado una enorme efectividad y eficiencia, permitiendo ocupar ese nivel de atención
con la sinergia de ambos sectores».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Orden de 15 de febrero de 2022, por la que se modifica el Anexo II de la Orden
de 5 de abril de 2019, por la que se regula y aprueba el Mapa de Servicios
Sociales de Andalucía.