3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/34-30)
Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 352/2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 34 - Viernes, 18 de febrero de 2022

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla y se emplazan a
los terceros interesados en el procedimiento abreviado 352/2021.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos
de Sevilla en el procedimiento abreviado 352/2021, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por don Salvador Ibáñez Gázquez, contra oferta de empleo
01-2021-22434 publicada en la página web del Servicio Andaluz de Empleo en fecha 19
a 24 de julio de 2021, para la selección de un puesto de personal funcionario interino de
Cuerpo Superior Facultativo opción Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos A1.2003,
en aplicación de la Adenda 2/2021 del Servicio Andaluz de Empleo, se ordena al Servicio
Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del
expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento
para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Secretario Judicial
acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con
indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente
administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se hará por
medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los presupuestos
contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA
número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio
Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de
29 abril 2011),

Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a don Salvador
Ibáñez Gázquez al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Sevilla.
Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en
el procedimiento abreviado 352/2021, para que puedan personarse como demandados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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