Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/34-11)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 18 de febrero de 2022

página 2591/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Viceconsejería, por la que se
anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 56/1994, de 1
de marzo, de atribución de competencias en materia de personal (Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía núm. 50, de 15 de abril), esta Viceconsejería, en virtud de las
competencias que tiene delegadas por Orden de 4 febrero de 2020 (Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía núm. 29, de 12 de febrero de 2020), y de acuerdo con lo establecido
en el Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, anuncia la provisión de
puesto de trabajo de «Libre Designación», con sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se
detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas al Viceconsejero, se presentarán dentro del
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro
Electrónico General de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2. En la instancia figurarán los datos personales y el puesto que se solicita,
acompañando hoja de acreditación de datos y/o «curriculum vitae» en el que se
hará constar el número de registro personal, cuerpo de pertenencia, grado personal
consolidado, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros
méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.
3. La documentación acreditativa de los méritos alegados podrá ser requerida en
cualquier momento por este órgano.
Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las
solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios y el destino adjudicado
será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

00255862

Sevilla, 15 de febrero de 2022.- El Viceconsejero, P.D. (Orden de 4.2.20), Antonio Sanz
Cabello.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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