Autoridades y personal. Universidades. (2022/34-27)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas, para el ingreso en las escalas propias de la Universidad de Huelva del grupo A, subgrupo A1, por el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 18 de febrero de 2022

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5. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas será nombrado en la
forma prevista en el apartado 4.1.
5.2. El Tribunal Calificador reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y estará formado por cinco miembros
titulares y otros tantos suplentes nombrados por la Rectora.
5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de esta
convocatoria. El/la Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicha normativa.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de dichas circunstancias.
5.4. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante
dictará Resolución, por la que se nombre, de entre las personas suplentes, a los nuevos
miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.3. La nueva composición se publicará en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
5.5. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del/de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad,
al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.6. Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas.
Quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
bases, así como la actuación que proceda en los casos no previstos por las mismas y
por la normativa de aplicación, y adoptar las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El procedimiento de actuación del Tribunal
se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, le corresponderá adoptar las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieren indicado en la solicitud,
participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
El/la Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que cada uno de
los ejercicios de la fase de oposición se realice de forma coordinada y que los ejercicios,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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citada resolución que se publicará en él «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y
en los lugares establecidos en el punto 1.8, se hará pública igualmente la composición
del Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas, así como la fecha, hora y lugar de
celebración del primer ejercicio.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de la lista de admitidos/as y excluidos/as, para
que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.
4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Rectora de la
Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas.
4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.