3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/34-49)
Acuerdo de 10 de febrero de 2022, del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se regula la política de firma, de certificados y de sello electrónico en la Cámara de Cuentas de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 18 de febrero de 2022

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de copias auténticas, siempre que incluyan la impresión del código seguro de verificación
(en adelante, CSV).
2. El CSV deberá garantizar, en todo caso, el carácter único del código generado
para cada documento, así como su vinculación con el documento generado y con el
firmante. La integridad de los documentos electrónicos autenticados mediante CSV podrá
comprobarse mediante el acceso directo y gratuito a la sede electrónica de la Cámara de
Cuentas de Andalucía.
3. La Cámara de Cuentas de Andalucía ha previsto el uso de mecanismos de firma
basados en CSV solo para autenticar aquellas actuaciones automatizadas que se hayan
publicado en su sede electrónica. Principalmente, para la emisión de documentos
firmados electrónicamente destinados a la comunicación con terceros que puedan
transformarse en documentos en soporte papel, tales como:
a. Generación y emisión de documentos administrativos electrónicos mediante
actuaciones administrativas automatizadas.
b. Generación y emisión de copias electrónicas auténticas a partir de documentos
electrónicos y de documentos en soporte no electrónico.
c. Procesos de sellado de documentos electrónicos, al objeto de facilitar su
interoperabilidad, conservación y legibilidad.
d. Inscripciones, anotaciones registrales y archivo de documentos electrónicos
registrales.
Sexto. Responsabilidades.
1. Corresponde a la Secretaría General la gestión de la política de firma, de
certificados y de sello electrónico en la Cámara de Cuentas de Andalucía, lo cual incluye
las siguientes tareas:
a. Adopción de las medidas y dictado de las instrucciones necesarias para el
desarrollo, ejecución y aplicación de la política de firma, de certificados y de sello
electrónico.
b. Mantenimiento, actualización y publicación electrónica de los criterios de
autenticación y firma en el ámbito competencial de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
2. Asimismo, corresponde a la Secretaría General, a través de los servicios
correspondientes los siguientes cometidos:
a. Definición de las especificaciones, diseño informático, programación, mantenimiento,
supervisión y control de calidad.
b. La gestión, registro y control de los distintos certificados usados en la Institución.
3. Por resolución de la Presidenta se determinará el departamento o servicio al que
corresponderá realizar, en su caso la auditoría del sistema de información y de su código
fuente, de todos los sistemas de información que soporten las funcionalidades de firma,
certificado y sello electrónico.
Séptimo. Aplicación del presente acuerdo.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

00255738

Sevilla, 10 de febrero de 2022.- La Presidenta, Carmen Núñez García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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