3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/32-39)
Resolución de 10 de enero de 2022, conjunta de la Universidad de Córdoba y del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica la encomienda de gestión formalizada por convenio para la evaluación de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado.
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Miércoles, 16 de febrero de 2022

página 2329/3

que se recoja en la convocatoria, la aplicación telemática que utiliza para la petición de la
evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador funcionario
de carrera.
2. Emitir, a través de los comités de la CNEAI, un informe técnico por cada solicitud
de evaluación de la actividad investigadora.
En el informe técnico, la obra sometida a valoración se calificará dentro de la horquilla
0 a 10. El informe técnico será remitido después a la Universidad.
3. Establecer el procedimiento a seguir en la evaluación del personal docente e
investigador de la universidad. Este procedimiento respetará los criterios, plazos y
normas aplicables al procedimiento general de evaluación de la actividad investigadora
del profesorado funcionario de la Universidad.
4. Emitir informe en el caso de las eventuales impugnaciones que pudieran realizarse
conforme se prevé en la cláusula anterior.

Quinta. Solicitudes de evaluación.
Los solicitantes de evaluación utilizarán la plataforma electrónica proporcionada
por ANECA para realizar la solicitud y registrarla, comprometiéndose la Universidad de
Córdoba, a enviar a ANECA un único listado editable y ordenado alfabéticamente, en
el mes siguiente a la terminación del plazo, donde se identifiquen las solicitudes que se
deberán evaluar en virtud de la encomienda, junto con la siguiente información: Nombre
de la Universidad/Razón social, NIF, Domicilio fiscal, persona de contacto, órgano Gestor,
Unidad Tramitadora, Oficina Contable, y Órgano proponente, y cualquier otra información
relevante para la facturación de las solicitudes evaluadas, no admitiéndose por ANECA
las solicitudes presentadas en la plataforma que no se contemplen en el listado.
El listado deberá remitirse por correo electrónico a la cuenta unidad.cneai@aneca.es,
poniendo en el asunto «Solicitudes evaluables año XXXX», siendo «XXXX» el año de la
convocatoria de que se trate.
La Universidad de Córdoba indicará en su convocatoria la obligatoriedad de los
solicitantes de presentar la solicitud en sus registros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255602

Cuarta. Compensación de gastos derivados de la encomienda.
La Universidad de Córdoba compensará a la ANECA los gastos que haya tenido en
la realización de esta evaluación, que serán financiados con cargo al capítulo 2 de su
presupuesto (sección 33 programa 322C artículo 23).
La ANECA emitirá una liquidación de gastos del convenio en el que se hará constar
las solicitudes evaluadas por la CNEAI y el importe que tendrá que pagar la Universidad
de Córdoba. Cada solicitud tendrá un coste de 200 euros.
El importe de las liquidaciones, por los informes realizados por la CNEAI de
conformidad con lo previsto en este convenio, se ingresará por parte de la Universidad
de Córdoba en la cuenta corriente con número de IBAN ES30 0049 5138 14 2616685755
abierta a nombre del Organismo Autónomo en la entidad bancaria Banco de Santander
previa emisión por ANECA de la factura que legalmente corresponda.
Los miembros de los comités técnicos de evaluación de la CNEAI percibirán
asistencias con cargo al presupuesto de ANECA, siempre de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio y con los límites establecidos al efecto por
el Ministerio de Hacienda en la resolución de la Secretaría de Estado de Presupuestos
y Gastos de 16 de junio de 2021, o las correspondientes autorizaciones aprobadas
al efecto durante la vigencia de esta encomienda. En ningún caso, la Universidad de
Córdoba abonará los gastos de asistencia de los miembros de los comités de evaluación
de la CNEAI.